jueves 28 de marzo, 2024
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Junta votó por unanimidad prohibición de uso y venta de pirotecnia sonora en el departamento

Por Mario Sancristóbal
Casi al inicio de este nuevo período en el legislativo departamental se habían presentado dos proyectos que trataban el mismo tema, uno fue enviado desde el Partido Nacional impulsado por la edil Susan Saravia y el otro desde la bancada del Frente Amplio, ambos con el mismo objetivo, porque se pretendía legislar la prohibición y venta de pirotecnia sonora en virtud de los perjuicios que la misma ocasiona.
RESOLUCIÓN
Ante esta iniciativa el plenario resolvió que ambos proyectos fueran enviados a la Comisión de Salud de la Junta y también a la Comisión de Legislación y Reglamento para que se estudiaran y de ambos rescatar lo más trascendente aunando criterios para de esa forma quedar con una única opción a ser votada por todas las fuerzas políticas con representación en el plenario. Y así fue que hace pocos días se logra el acuerdo en la Comisión de Legislación y Reglamento para presentar un único proyecto al plenario para que éste lo aprobara en forma definitiva hecho que ocurrió en la sesión del día viernes. De esta manera Salto se suma a los demás departamentos que ya contaban con una resolución de este tenor y que venía siendo muy reclamada desde varios ámbitos hace bastante tiempo.
ARTICULADO
Dentro de los varios artículos que fueran aprobados se rescata lo medular como por ejemplo en el Artículo Nro 1 que expresa: “Prohíbase en todo el territorio del Departamento de Salto, el uso de pirotecnia sonora o artefactos de estruendo ya sea en uso doméstico, espectáculos públicos, eventos privados o para cualquier otra finalidad”. Asimismo en el artículo 2 se prohíbe expresamente la exposición o venta de artículos de pirotecnia sonora y de artículos de estruendo en espacios públicos y comercios de todo el departamento. Además se faculta a la Intendencia de Salto a confiscar el material pirotécnico que esté almacenado y sea objeto de las prohibiciones que fueron establecidas en este decreto.
MULTAS
En otra parte de la resolución se establecen los montos de las multas que se aplicarán a quienes incumplan esta normativa que oscilan desde la 5 UR hasta las 350 UR de acuerdo a la gravedad y reiteración de las faltas así como también faculta a la confiscación de todo los materiales en caso de contravenir esta resolución.
Y por último se establece el destino de los montos que se obtengan por concepto de multas que serán utilizados para promover campañas de concientización en esta materia así como también apoyar a instituciones dedicadas al cuidado de personas con trastornos del espectro autista y también a instituciones dedicadas a la protección animal.