viernes 29 de marzo, 2024
  • 8 am

Tiempo libre para que las embarazadas asistan a controles médicos

Alejandra Altamiranda
Por

Alejandra Altamiranda

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Por la Dra. Esc. Alejandra Altamiranda
Para el Estudio Signorelli&Altamiranda
Hace un par de días la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley, que previamente fuera aprobado por unanimidad en la Comisión de Legislación del Trabajo, por el cual se otorga a las embarazadas cuatro horas laborales libres al mes para concurrir a los controles médicos, sin que se les descuente el salario ni ninguna otra partida, con lo que el costo lo habrán de soportar los empleadores.
Este derecho también se aplica a sus parejas, los que deberán dar aviso en su respectivo trabajo tres días antes y acreditar la asistencia al control mediante certificado otorgado por el médico tratante.
Únicamente resta su tratamiento en la Cámara de Senadores, donde es bastante previsible se habrá de aprobar.
Esto es una palmaria demostración de que nuestro país mantiene una agenda social y de género progresiva, continuando la que se iniciara hace ya unos cuantos años.
Diversos argumentos y fundamentos políticos y filosóficos se han utilizado defendiendo la iniciativa (convengamos que se defiende por sí sola), desde que es una forma de mejorar las condiciones de la gestante, impactando positivamente en la salud física y emocional de la embarazada el hecho de transitar los controles médicos acompañada por su pareja, lo que redunda en un involucramiento de la pareja, en el proceso
Se ha expresado también que es una norma de neto corte batllista, señalando de esa forma la participación del Estado en cuestiones de esta naturaleza, en el caso sin costos para el mismo.
También se lo ha vinculado a los derechos en salud, particularmente la sexual y reproductiva y se ha dicho que más que preocuparse por el incremento de la natalidad, debe atenderse el bienestar de los niños ya venidos al mundo. Y eso a consecuencia de que la niñez se encuentra en el quintil de mayor pobreza y desprotección.
Se aduce también que este beneficio habrá de estimular la realización de más controles, con mayor periodicidad, lo que redunda en una mejora en la calidad del embarazo y, sobre todo, en aspectos preventivos.
Lógicamente esta ley no habrá de incidir decisivamente, es solo un complemento, una medida más de las innumerables con las que cuenta nuestro ordenamiento jurídico desde hace más de 50 años y que fueran mejoradas en los últimos quince.
En cuanto a su forma de financiación, de cargo del empleador, continúa también una línea de abandonar la sistemática remisión al Estado, más concretamente a la Seguridad Social, y descansa la misma en el empleador.
De igual manera ya existe legislación en que se imponen obligaciones que implican erogaciones para el empleador. Por ejemplo, en el caso de abuso sexual en el ámbito laboral, violencia de género aún fuera del ámbito laboral.
Resulta visible la combinación actual de formas de financiación de contingencias sociales combinadas en soluciones privadas (de cargo del empleador) y del Estado (de cargo de la Seguridad Social).
Más allá de estos detalles, entendemos que se trata de una muy buena iniciativa.Los primeros apuntes de esta nota tienen fuente en el libro Economistas, Economía y Política de Adolfo Garcé y Javier Rodríguez Weber, recientemente editado, que es de amena y recomendable lectura.