viernes 19 de abril, 2024
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Corte Electoral dio a conocer detalles a tener en cuenta en relación a las elecciones universitarias

El próximo miércoles 16 de noviembre se realizarán las elecciones universitarias donde se elegirán representantes de los tres órdenes a los Consejos de Facultad de la Universidad de la República. Excepto Facultad de Comunicación y Facultad de Artes. De acuerdo a la información proporcionada por la Corte Electoral el horario de votación será de 8 a 19 horas y la documentación requerida para votar es la cédula de identidad. El voto será secreto y obligatorio para todos los habilitados, quedando exceptuadas de la obligatoriedad del voto las personas mayores de 75 años.
PODRÁN VOTAR EN CALIDAD DE OBSERVADOS:
-A) Los miembros de las Comisiones Receptoras de Votos electores que no pertenezcan al circuito donde actúan, siempre que su circuito de pertenencia se encuentre en el mismo departamento.
-B) Los funcionarios electorales electores, siempre que su circuito de pertenencia se encuentre en el mismo departamento.
-C) Los electores en situación de discapacidad motriz, cuyo circuito de pertenencia no sea accesible, podrán votar en otro circuito accesible del departamento.
-D) Los electores cuya identidad sea objetada por al menos un miembro de la Comisión Receptora de Votos o por un delegado apoyado por un integrante de la CRV, votarán en carácter de observado por identidad.
VOTO POR CORRESPONDENCIA
Fechas para votar por correspondencia: 14, 15 y 16 de noviembre. Será en Oficinas del Correo habilitadas a tales efectos en el horario de votación estará sujeto al horario de atención al público que maneje el local del correo.
Los electores que opten por esta modalidad deberán sufragar dentro del departamento al que pertenece su circuito, y lo harán en calidad de observado por identidad. En la página web de la Corte Electoral quedará disponible el listado de locales del Correo habilitados.
APLICACIÓN DE SANCIONES
Las personas habilitadas para votar que sin causa justificada no hubieren cumplido con esa obligación, serán pasibles de las siguientes sanciones, según el orden a que corresponda:
-A) ORDEN ESTUDIANTIL: Imposibilidad de rendir exámenes durante 2 (dos) períodos consecutivos.
-B) ORDEN DOCENTE: Multa de 5 (cinco) unidades reajustables, cuyo importe se determinará a la fecha de la elección.
– C) ORDEN EGRESADOS: Multa de 5 (cinco) unidades reajustables, cuyo importe se determinará a la fecha de la elección.
JUSTIFICACIONES
Las personas que se consideran amparadas por alguna causa de justificación de la no emisión del voto, deberán comprobarla fehacientemente ante la Corte Electoral, hasta 60 (sesenta) días después del acto eleccionario (16 de enero de 2023). La gestión de justificación de la no emisión de voto podrá hacerla el interesado de forma remota, a través de la página web de la Corte Electoral.