jueves 12 de junio, 2025
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Hacia la profesionalización de los operadores inmobiliarios

Estudio Signorelli & Altamiranda
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Dra. Esc. Alejandra Altamiranda
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La Ley N.º 20.380 promulgada por el Poder Ejecutivo el 25 de setiembre del pasado año, constituye un paso esencial hacia la profesionalización, regulación y control del mercado inmobiliario en Uruguay.
La sanción de la ley obedeció (entre otros motivos) a la necesidad de profesionalizar el rubro inmobiliario, y de la norma se destaca: -el rol regulador del Estado como clave para mejorar la confianza y evitar abusos y -la función social del operador como intermediario en el acceso a la vivienda (mediante diferentes modalidades contractuales)
El objetivo de la ley apunta a proporcionar una mayor confianza de los usuarios en las operaciones inmobiliarias, a reducir las malas prácticas comerciales en el sector (tratando de minimizar la efectividad de quienes operan en la informalidad) y un extremo no menor, es que apunta también a una mejor calidad del servicio y la transparencia del sector.
¿Qué se entiende por Operador Inmobiliario? Refiere tanto a la persona física o jurídica que se dedica a intermediar en: Compraventa de inmuebles, Arrendamientos y cualquier otro negocio jurídico sobre bienes inmuebles.
Estos operadores (sean personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades de intermediación inmobiliaria en el país) deben proceder a inscribirse en el Registro creado por esta ley, cumpliendo con una serie de requisitos básicos.
Las personas físicas deben: ser mayores de edad tener capacidad legal para contratar, no poseer antecedentes judiciales y acreditar formación específica o experiencia profesional (aprobación de cursos de operador inmobiliario reconocido por el Ministerio de Educación y Cultura), cumplimiento de las normativas de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo
Por su parte las personas jurídicas deben: designar un representante técnico responsable (que debe cumplir los mismos requisitos exigidos para las personas físicas).
Las Operadores Inmobiliarios, están obligados a : Actuar con diligencia, honestidad y transparencia, garantizar la protección de los intereses de las partes involucradas, cumplir con todas las normativas vigentes, especialmente las relacionadas a: Prevención del lavado de activos y defensa de la Ética profesional. Se sanciona la conducta de estos operadores en caso de: Ejercicio sin inscripción o habilitación, incumplimiento de deberes legales y por conductas que afecten la integridad del mercado inmobiliario
A manera de resumen puede decirse que el instrumento legal vino a proteger a los operadores y a los usuarios del sistema, promoviendo un entorno más seguro, transparente y confiable para las transacciones sobre bienes inmuebles.