Alrededor de la hora 10:00 del día 4 del mes corriente, personal policial concurrió a calle 8 de Octubre a la altura del 2100, por daños y hurto en local comercial. En el lugar, una mujer de 41 años de edad expresó que cuando llegó al comercio constató daños en la reja, la caja registradora y el hurto de todos los cigarrillos y tabacos que tenían para la venta. Por información colectada y analizada por personal de la Dirección de Investigaciones, se procedió a la detención de un hombre de 32 años de edad el cual no estaba ajeno a los hechos. Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, se condenó a W.E.L.N. como autor penalmente responsable de un delito de hurto a la pena de 4 meses de prisión, con descuento del tiempo de detención sufrido y de su cargo las accesorias legales de rigor (art. 105 lit.E del C.P.).
Más condenados: penas de
16 y 14 meses de prisión
El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto, formalizó con prisión a las personas J.D.U.C y M.N.D.L.S.M. Dispuso: «Admítase la acusación, condenándose a J.D.U.C como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado y un delito de receptación, en régimen de reiteración real a la pena de 16 meses de prisión y a M.N.D.L.S.M. como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado a la pena de 14 meses de prisión, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el artículo 105, literal e del código penal.»
Condenado por delitos de
hurto: prisión preventiva
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, mediante oficio del día de la fecha se formalizó la investigaciones preliminar llevada adelante por Fiscalía departamental de tercer turno de Salto, con respecto de L.A.A.V, por la presunta comisión de dos delitos de hurto en régimen de reiteración real en calidad de autor. Asimismo, por resolución se dispuso»… Hacer lugar a la medida cautelar de prisión preventiva respecto de L.A.A.V.; por el plazo de ciento ochenta días, con cese automático el día 24/02/2025 salvo disposición en contrario».
Otro condenado
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto, se condenó a R.A.S.A como autor penalmente responsable de un delito de receptación y un delito de violación de domicilio a la pena de 8 meses de prisión sin perjuicio de la liquidación definitiva, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el artículo 105, literal e del Código Penal.