El pasado domingo 20 del mes corriente, a la hora 06:50 cuando personal policial se encontraba en recorridas, fueron derivados por el Centro de Comando Unificado Departamental a calle Santa Rosa a la altura del 1900, por hurto de motocicleta. Una vez que llegaron al lugar, la Policía entrevistó a una mujer de 24 años de edad, la misma propietaria de una moto marca Yumbo Max automática, color roja, la misma fue dejada en el interior del predio de la casa con traba seguridad puesta, donde alrededor a la hora 06:00 cuando llegó a su casa, se percató de que el portón del frente se encontraba dañado, y constató la falta de la moto. Se procedió con los trámites correspondientes. En el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, fue condenado R.A.C.M como autor responsable de cuatro delitos de hurto, tres de ellos especialmente agravados en régimen de reiteración real a la pena de 18 meses de prisión. Se concedió el beneficio de Libertad a Prueba (Ley 19.889) debiendo el condenado cumplir con las obligaciones correspondientes.
Un condenado por contrabando
El lunes de la semana corriente, finalizadas las actuaciones en la sede judicial, el Juzgado de Cuarto Turno de Salto condenó a F.M.G.C como autor responsable de un delito de contrabando a la pena de seis meses de prisión, con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento conforme a lo dispuesto por el Art. 105.e del Código Penal, que se cumplirá de la siguiente forma: A- Los 2 primeros meses de prisión efectiva. En el Oficio dirigido a INR comuníquese la liquidación provisoria de la pena, cuyo vencimiento será con fecha 17/12/2024, sin perjuicio de que oportunamente se comunicará la liquidación definitiva. B- Los 4 meses restantes bajo la modalidad de LIBERTAD A PRUEBA, consistiendo sus obligaciones: en: A- Residencia en su domicilio denunciado B-. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; C- Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia.- D- Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 4 meses.- E- Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.- F- Entrega inmediata de las licencias de conducir y Prohibición de conducir vehículos motorizados de cualquier especie (incluido bicicletas eléctricas) por el término de la condena, oficiándose a IDS y SUCIVE.- Se dispone la confiscación de las mercaderías y el vehículo incautado, las que quedarán a disposición de la pieza aduanera.- Asimismo, una vez prontuario se solicita se sirva disponer la remisión de los recaudos respectivos a la brevedad y en plazo no mayor a quince días.
Policiales Titulares del día