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Ante resurgimiento de las "moto taxis" Tránsito sale al cruce y advierte que incautará vehículos que cumplan este servicio

La aparición de servicios de traslado de pasajeros en motocicleta, promocionados a través de redes sociales y ofrecidos a un costo inferior al de los taxis convencionales, encendió una señal de alerta en el área de Gestión de Tránsito de la Intendencia de Salto. Su encargado, Alberto Subí, afirmó que la modalidad se encuentra fuera de la normativa vigente y señaló que la Intendencia no recibió solicitudes de habilitación ni trámites para formalizar esa actividad.

"NO ES LEGAL"

El jerarca invocó el decreto departamental 6732/2014, que regula los permisos para la explotación del servicio de taxímetros y establece que estos corresponden exclusivamente a automóviles. "No es legal, no corresponde", sostuvo, al advertir que la nueva modalidad se suma a otras formas de transporte informal. Subí confirmó que el equipo de fiscalización recibió instrucciones para actuar ante estos casos. Según explicó, se aplicarán los procedimientos previstos para retirar de circulación a los vehículos que presten servicios sin habilitación, con las sanciones que correspondan. "Tenemos que defender al formal, al que paga sus impuestos", expresó. También vinculó los controles con la protección de los usuarios y del turismo departamental.

Monopatines y bicicletas eléctricas

Subí contó además de su participación en el congreso de intendentes donde, el pasado viernes,  todos los directores de transito del pías estuvieron reunidos para coordinar y uniformizar la normativa que regule el uso de los vehículos de movilidad personal. Según el jerarca, de los asuntos abordados en el Congreso de Intendentes fue la regulación de los vehículos de movilidad personal, cuyo uso viene creciendo en todo el país. Subí explicó que se trabaja en una normativa general, impulsada en coordinación con las direcciones departamentales de Tránsito y la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV), que luego podrá adaptarse a las características de cada departamento. Entre las exigencias previstas mencionó el uso obligatorio de casco, chaleco o elementos reflectivos, iluminación delantera y trasera y seguro obligatorio contra terceros. También se establecerá la identificación del vehículo y, cuando sea conducido por un menor de edad, la declaración de un padre, madre o tutor responsable. En Salto, una comisión asesora ya elaboró una propuesta adaptada a la realidad local. El documento deberá elevarse al Ejecutivo departamental para su consideración antes de su aplicación.

LA EDAD MÍNIMA AÚN DEBE DEFINIRSE

Uno de los puntos pendientes es la edad mínima para conducir estos vehículos. Subí indicó que en Salto se está manejando la posibilidad de habilitar su uso desde los 12 años, aunque aclaró que la propuesta todavía debe ser confirmada por el Ejecutivo.

La edad varía entre departamentos, con referencias de 12, 14 y 15 años. Para los menores de 18, en tanto, se prevé la identificación de un adulto responsable y la declaración correspondiente del vehículo y su seguro. Las bicicletas eléctricas también quedarán comprendidas en el trabajo de la comisión asesora, bajo el concepto de vehículos de movilidad personal e individual.