Pasar al contenido principal
Domingo 02 de Noviembre, 2025 571 vistas

Cardama (I)

Por Dr. Fulvio Gutiérrez
En una imprevista conferencia de prensa que dio el Presidente Yamandú Orsi, el pasado miércoles 22 de octubre, acompañado de su Secretario, Alejandro Sánchez, y de su Prosecretario, Dr. Jorge Díaz, anunció el inicio de acciones para rescindir el contrato celebrado por el Uruguay con la empresa española “Francisco Cardama S.A.”, para la construcción de dos lanchas patrulleras oceánicas. 
El motivo de tal decisión estuvo en lo que calificó como: el incumplimiento del contrato por parte de la mencionada empresa. A mi juicio, fue el error político más grave que el actual gobierno frentista ha cometido, en tan solo nueve meses de gobierno. Con el agravante de que, de ese error, es posible que se deriven consecuencias jurídicas perniciosas para el Uruguay desde el punto de vista económico, además de una lesión en el prestigio internacional que el país ha recogido a través del tiempo,  al ser respetuoso de su conducta ante obligaciones contraídas.  
Todo partió de la base del presunto incumplimiento de la empresa Cardama, por la no presentación de las garantías acordadas en el contrato. A este respecto, por lo que se dirá, el gobierno ha actuado con total mala fe y con desconocimiento de la real situación jurídica que el mismo ha suscitado. El Presidente Orsi confesó haber firmado una resolución, disponiendo el inicio de acciones para rescindir el contrato por la construcción de las referidas patrullas en base a que, según sus dichos, se habrían constatado fuertes indicios de estafa o fraude contra el Estado uruguayo, ya sea en la vía administrativa, civil y penal. Confieso que me quedé con la sensación de que el presidente Orsi había sido inducido por sus secretarios, a celebrar la conferencia de prensa, y que no tenía muy clara la forma y el fondo del problema.  
En primer lugar, porque el presidente no tiene competencia de decidir, por sí y ante sí, la rescisión de ningún contrato que hubiera hecho el gobierno uruguayo. La Constitución no lo autoriza a tomar una decisión de esa naturaleza, salvo que lo haga en “acuerdo” con el ministro del ramo, en este caso la Ministra de Defensa. En segundo lugar, porque tomar una decisión de esa naturaleza, supone que, previamente, se cumpla con las etapas de mediación que el propio contrato establece, como solución extrajudicial de las diferencias que se pudieran suscitar. 
Y, aun así, y de fracasar esos eventuales acuerdos, nuestro derecho interno, antes de demandarla rescisión del contrato, obliga a intimar el cumplimiento de la obligación a la parte omisa, a los efectos de que, si sigue incumpliendo, se pueda constatar su caída en mora. Hasta ahora, nada de eso se hizo. Aclaro que en el contrato se ha fijado que los tribunales competentes en las discusiones de los aspectos jurídicos, serán los tribunales uruguayos; aunque para resolver las discusiones sobre aspectos técnicos, la competencia será de la Sociedad de Clasificación de la Armada y, si no se llega a un acuerdo, se recurrirá a un arbitraje en París. Lo grave de todo esto, es que el gobierno uruguayo presentó una denuncia penal, sin previamente movilizar los mecanismos de mediación que están previstos en el contrato, colocándose en una situación incómoda, para ahora, tarde y mal, buscar un arreglo extrajudicial. Sin perjuicio de que no se indicó quienes son los denunciados. Al parecer, se denunciaron hechos, para que la justicia disponga quien o quienes son los responsables. No obstante, es evidente que las intenciones del gobierno de Orsi, apuntan a responsabilizar al ex ministro, Javier García y al ex subsecretario y luego ministro, Armando Castaingdebad. 
No puedo imaginar cual podría haber sido la conducta delictiva de estas personas, durante la negociación y elaboración del contrato, porque se siguieron estrictamente todos los procedimientos legales en la materia, y el Tribunal de Cuentas aprobó la legalidad de dichas actuaciones. Pero hay otro detalle muy importante. Se denuncia “fraude”, que se da cuando un funcionario público que, mediante engaño en actos o contratos en los que deba intervenir por su cargo, dañe a la Administración en beneficio propio o ajeno, cuando en la actuación de quienes acordaron el contrato en representación del Estado uruguayo, no hubo engaño, ni daño a la administración, en beneficio propio o ajeno. 
Y en cuanto a Mario Cardama, no puede ser sujeto pasivo del delito de fraude, en la medida que no es funcionario público uruguayo. En cuanto al delito de estafa, que se tipifica cuando una persona comete un acto que induce en error a otra persona mediante engaños artificiosos para obtener un provecho injusto en perjuicio de otro, tampoco se dieron esos hechos, y Cardama tampoco puede ser responsable, porque de acuerdo al texto legal, se requiere claramente, que las víctimas sean personas físicas, "no un Estado". Va de suyo, a mi juicio, que estas denuncias no son procedentes. Sin perjuicio de ello, está muy claro que el actual gobierno avaló expresamente el contrato con Cardama, desde el momento que la Ministra de Defensa recibió en su despacho, hace muy poco al Cardama y nada dijo, envió oficiales a España para controlar la construcción de las lanchas, y además pagó dos cuotas de las previstas en el contrato. Es decir, el contrato de construcción se está cumpliendo, y, por ende, no hay incumplimiento, como erróneamente dice el gobierno.
En mi columna del próximo domingo, analizaré en detalle este aspecto.