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Domingo 16 de Noviembre, 2025 459 vistas

La ética y el “caso Danza”

Por Dr. Fulvio Gutiérrez
La discusión que se ha planteado con referencia a lo que se denominó “Caso Danza”, y su decisión final, me ha hecho reflexionar sobre algunos conceptos y principios que entiendo fundamentales. 
En las clases de derecho procesal con el Dr. Adolfo Gelsi Bidart, aprendí que, en la aplicación del razonamiento jurídico, es imposible conocer las más de veinte mil normas que existen en el país..Por eso, lo que debe tener claro un abogado, son los principios fundamentales del nuestro Estado de Derecho, porque el análisis de cada uno, en cada momento que lo necesitáramos, nos iba a conducir a la norma jurídica que estábamos buscando. Y es ciertamente así, y así lo practiqué. 
Lo ocurrido con la absurda solución que el gobierno le dio al caso Danza, me llevaron a recordar aquellas enseñanzas. En un estado de derecho, no es posible sostener que lo político está por encima de lo jurídico, que es lo que piensa el actual gobierno de izquierda, y que es lo que aplicó para resolver el caso Danza. Las normas jurídicas de un Estado, se forman en base a los principios políticos del Estado que las crea. Pero luego de creadas, adquieren autonomía propia, y deben ser respetadas, por encima de los cambios en principios y conceptos que sufra el Estado creador. Si el Estado creador cambia en tales principios y conceptos, igual deberá respetarlas, y si no está de acuerdo, entonces deberá cambiarlas siguiendo los procedimientos legales y constitucionales que se exijan para esos cambios. 
Así es el Estado de Derecho. Pero el Frente Amplio, dirigido por el Partido Comunista, no lo entiende, o no lo quiere entender. Ante la disyuntiva de apoyar o no a una determinada persona o una determinada situación, el comunista primero se pregunta si esa persona es de izquierda, o si esa situación perjudica o favorece a la izquierda. Y juzga con criterio político, desconociendo la norma jurídica, lo que lo vuelve funcional a dicha ideología, inseguro, no confiable, y sumiso a ella. Por lo tanto, antiético y antijurídico.
En el “Caso Danza”, viéndose perdido, el FA, cambió el objeto del problema. Lo basó en destacar las condiciones profesionales, académicas y científicas del Dr. Danza, para defenderlo como la persona adecuada, casi perfecta, para ocupar la presidencia de ASSE. Ese no era la base del problema, y si el Dr. Danza es o no es un buen médico, no está en discusión. La base del problema era estrictamente formal, esto es, saber si el funcionario cumplía o no con las exigencias del art. 200 de la Constitución de la República. Nada más. Y estas exigencias era la incompatibilidad que los Directores de los Servicios Descentralizados tienen, para “ejercer simultáneamente, profesiones o actividades que, directa o indirectamente, se relacionen con la Institución a que pertenecen”, y las prohibiciones que de ello se deriven. Danza, además de ser el presidente de ASSE, estaba vinculado laboralmente con otras instituciones médicas privadas (La Española, Cams de Soriano y Médica Uruguaya), configurándose, entonces, una situación de eventual conflicto de intereses entre lo público con lo privado.  Violaba, además, el Código de Ética en la Función Pública, la Ley Cristal (No. 17.060) y la ley orgánica de ASSE.
Ante la trascendencia que tuvo esta situación, el gobierno condicionó su decisión a que, primero, se conociera el informe de la JUTEP. Esta le encomendó a su Asesoría Jurídica, la realización del mismo. Finalmente, el informe determinó que el cargo de Álvaro Danza como Presidente de ASSE, era incompatible con cargos en instituciones médicas privadas. Sin embargo, el Directorio de la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) por mayoría de sus integrantes (2 a 1), desoyendo la opinión de sus asesores letrados, resolvió que no existe incompatibilidad de Álvaro Danza en el ejercicio como presidente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, los cargos docentes en la Facultad de Medicina y los cargos como médico en mutualistas privadas. La presidenta argumentó que el informe de sus abogados, no era vinculante. Pero además, resolvió "exhortar al Sr. Presidente y demás miembros del Directorio de ASSE, que en caso de duda acerca de la existencia de un conflicto de intereses, corresponde abstenerse de participar de la toma de decisiones que puedan afectar su objetividad e imparcialidad, en particular en la tramitación de contratos.
Es decir, en definitiva, en una fenomenal lavada de mano, la JUTEP decidió que no, pero que sí. Es decir, existe incompatibilidad, entonces renuncia a la actividad privada, pero no en forma definitiva, sino mientras ocupe la presidencia de ASSE. O sea, no renuncia, solo la suspende por un tiempo. Complementando esto, y pretendiendo quedar bien con Dios y con el diablo, por decisión personal, Danza decidió renunciar a toda la actividad privada en el tiempo que dure su gestión en ASSE, aunque continuaría en su cargo docente en la Facultad de Medicina. 
Haciendo pública dicha resolución, la Ministra Lustemberg y el Dr. Danza, hicieron una conferencia de prensa en la que, volvieron a cometer el error de centrar el problema en las condiciones personales, profesionales y médicas de Danza (no les queda otra), y entre ambos, hicieron una descripción de lo que se había realizado en ASSE desde que el Dr. Danza está como presidente. Todo fuera de lugar y de oportunidad, Otra vergüenza de este gobierno frentista.