Por Andrés Torterola.
Debido a la cantidad de denuncias de presunta mala praxis en el Hospital Regional Salto CAMBIO recurrió a los representantes nacionales de los usuarios de salud pública con el objetivo de conocer de primera mano las disposiciones sobre “eventos adversos en el área de la salud”. En este sentido la ordenanza ministerial 660 dispuso la creación en el ámbito de la Dirección General de la Salud de una comisión asesora a la que responsabilizó de diseñar y proponer políticas y actividades para la seguridad de los pacientes y prevención del error en medicina. En tal sentido la ordenanza indica que la seguridad del paciente y las acciones orientadas a prevenir, interceptar y mitigar los eventos adversos que se producen durante la atención médica son un importante objetivo de la Organización Mundial de la Salud, y Organización Panamericana de la salud que Uruguay debe jerarquizar. El documento indica que se puede incorporar al concepto amplio de seguridad del paciente, la importancia que tiene el correcto registro de las Historias Clínicas por parte del equipo de salud, siendo esto además un requisito para cualquier mejora de la calidad asistencial, y por lo tanto la garantía de seguridad del usuario.
NECESARIA SU OBLIGATORIEDAD
El Ministerio de Salud Pública creyó necesario establecer la obligatoriedad del funcionamiento de comisiones institucionales para la seguridad de los pacientes y prevención del error en medicina que funcionan en cada uno de los prestadores tanto públicos y privados con la finalidad de realizar relevamientos, sensibilizar, implementar programas, asociar a los usuarios a la prevención. Se les otorgaba a las instituciones de salud pública y privada un plazo de 6 meses a partir de la publicación de la ordenanza que está con fecha del 1 de agosto del 2008.
DÍA DE LA SEGURIDAD DEL PACIENTE
Existe por ley el día 14 de abril de cada año como el «Día de la Seguridad del Paciente». En dicha fecha se deberían promover actividades en todas las organizaciones públicas o privadas vinculadas a la salud, y deben ser coordinadas por el Ministerio de Salud Pública, dedicadas a informar a la población sobre las medidas vigentes relativas a las buenas prácticas en la seguridad del paciente y de la prevención del error en medicina. Además, los prestadores de salud, tanto públicos como privados, así como las organizaciones universitarias, organizaciones de profesionales, de funcionarios y de usuarios vinculados a los servicios de salud, organizarán dichas actividades, con carácter informativo y educativo, en cada lugar de trabajo, en materia de pautas sobre prevención, control y corrección sobre seguridad del paciente. Las instituciones de salud, tanto públicas como privadas, y las organizaciones profesionales vinculadas a ellas, así como las instituciones de enseñanza universitaria y tecnológica vinculadas a la salud, deberán promover la realización de foros y seminarios para pre y posgrados, con el tema Seguridad del Paciente.
Locales Titulares del día