martes 19 de marzo, 2024
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El MGAP autorizó el pastoreo en la vía pública para todo el departamento de Salto

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) emitió una resolución en la cual extiende por 30 días la autorización para el pastoreo en la vía pública, ampliando además el área destinada para tal fin a nivel país. En la misma se establece que hasta el próximo 27 de febrero el departamento de Salto, pasa a estar con permiso en la totalidad de su superficie.
El MGAP recuerda que la autorización se realiza únicamente para el pastoreo en horas del día, que cada 40 animales debe haber un tropero y que se deben señalizar al inicio y final del área de pastoreo.
El productor deberá asegurarse que quede impedido el acceso de los animales a la senda de tránsito, pudiendo instalar alambrados eléctricos temporales. Además quién esté a cargo de la tropa deberá tener consigo siempre la autorización otorgada por las autoridades del MGAP.
En este sentido se recuerda que las autorizaciones están sujetas al análisis de cada situación por parte de los funcionarios de los Servicios Ganaderos, teniendo en cuenta la situación sanitaria de la zona a pastorear y el predio solicitante.
El ganado debe estar libre de garrapata y se recomienda tratar con productos que tengan poder de residualidad previo a la salida. Además se indica la importancia de realizar una cuarentena de 15 días con los ganados al volver al predio, para evitar el ingreso de garrapatas y realizar los tratamientos necesarios.
Resolución:
Autorizase a la División Sanidad Animal, a través de sus Oficinas Zonales y Locales competentes, a extender autorizaciones a pastoreo de animales en la vía pública, a solicitud de los productores ganaderos cuyos establecimientos se encuentren afectados por la situación climática adversa, en las siguientes zonas: todas las seccionales policiales del Departamento de Artigas. Canelones, Cerro Largo. Colonia, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Salto, Tacuarembó y Rocha.
Seccionales policiales 3° a 12° del Departamento de Paysandú, seccionales policiales 2°; 3°, 4°, 6°, 7° y 8° del departamento de Rivera.
Seccionales policiales desde la 2° hasta la 12° del Departamento de Río Negro, seccionales policiales 3° y 4° del departamento de San José, seccionales policiales 3°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11° y 12° del Departamento de Soriano.
Seccionales policiales desde la 2° a la 10° del Departamento de Treinta y Tres, seccionales policiales 2° hasta 15° del Departamento de Durazno.