Se tomó de conocimiento que ciudadanos de nacionalidad extranjera estarían realizando ingreso de mercadería de presunta infracción aduanera desde la ciudad de Bella Unión, aparte de maniobras de estafa, utilizando a ciudadanos uruguayos para poder acceder a préstamos en distintas entidades bancarias del medio.
CONTRABANDO Y ESTAFA
Personal de Área Investigativa de la Dirección de Investigaciones, abocadas al esclarecimiento de hechos ilícitos, luego de la realización de tareas de campo por un tiempo prolongado, de acuerdo a información colectada, el pasado lunes 23 del mes corriente, en horas de la tarde se procedió a la detención en la zona de Arenitas Blancas, de tres hombres de nacionalidad extranjera, un colombiano y dos venezolanos, de 25, 33 y 31 años de edad, los cuales transportaban en un vehículo, mercadería de presunta infracción aduanera.
INCAUTACIONES
La Policía procedió a la incautación de 3 televisores de 32 pulgadas, 3 pares de championes, 1 short, 1 teléfono celular marca Redmi A3, 1 conector USB, 4 mandioca, 1 suplemento vitamínico de 60 capsulas, chocolate 300gr, 4 Perfumes de 250 ml, 6 cremas para cuidado personal de 236 ml, crema para cuidado personal 368 gr, crema para cuidado personal 500ml, papel higiénico por 12 unidades, 2 Shampoo 1lt, 3 baños de crema 473 ml, 2 tequila, 2 crema para cuidado personal 250ml, 1 perfume 100ml, 1 Licor 750ml, 4 cañas (bebida) 800ml, 1 aceite comestible 900ml, 1 rollo papel de cocina.
CONDENAS
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, fue condenado el hombre de 25 años de edad, de nacionalidad colombiana, como autor penalmente responsable de reiterados delitos de contrabando y reiterados delitos de estafa, a la pena de catorce meses de prisión, con descuento del tiempo de detención sufrido; sustituyéndose por un régimen de libertad a prueba (ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: Residencia en su domicilio denunciado. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la O.S.L.A. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia. Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana, 2 (dos) horas diarias, y por el término de 30 (treinta) días; debiendo acreditar la notificación al penado de la coordinación con el organismo donde se comprometa a prestar tareas. Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.
Los otros dos hombres fueron emplazados sin fecha.
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