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Por Alexander Ruppel
La Dirección Nacional de Policía Caminera informó ayer por la tarde sobre el corte total de la Ruta 3 a la altura del kilómetro 485, en el departamento de Salto, debido a un incendio en la zona. Según el comunicado difundido por el organismo, el humo generado por el incendio afectó la visibilidad, lo que motivó la interrupción del tránsito en ese tramo de la carretera.
TRÁNSITO ESTUVO CORTADO
Mientras se mantuvo el corte, el tránsito en sentido norte a sur fue desviado por la Avenida Concordia hacia Avenida Manuel Oribe, mientras que en sentido sur a norte deberá circular por Avenida Carlos Reyles. Próximo al denominado “Proyecto Volcán”. Las autoridades recomendaron en su momento a los conductores extremar precauciones y estar atentos a nuevas actualizaciones sobre la situación.
SOLICITAN PREVENCIÓN
Cabe recordar que tal cual está establecido, a partir del 1° de diciembre y hasta el 15 de marzo, comenzó a regir el Decreto 436/007 que prohíbe la realización de fuegos y quemas al aire libre. El fuego no controlado en terrenos forestales, puede afectar extensas superficies produciendo grandes daños a la vegetación, fauna y suelo, con las consecuentes pérdidas ecológicas, económicas y sociales. Es por eso que el Sistema Nacional de Emergencias permanentemente coordina acciones tendientes a la prevención, mitigación y respuesta frente a la ocurrencia de incendios forestales durante la temporada estival.
SANCIONES
La imprudencia, el descuido y la intencionalidad, son conductas penadas por nuestras leyes. En este sentido, el artículo 206 del Código Penal determina que “el Incendio es un delito con una carga penal de entre 12 meses de prisión y 16 años de penitenciaría”. En esa misma línea, el artículo 2º de la Ley 15.896 establece que “Las multas se graduarán de acuerdo a su gravedad, entre 10 y 200 unidades reajustables” y el artículo 90 del Código Rural determina que el que hace quemazón de campos está obligado a la “reparación de todos los daños y perjuicios que ocasionare”.