martes 26 de agosto, 2025
  • 8 am

Perna dijo que “ADEOMS relata la historia que le interesa” y recuerda cómo avaló ceses que se dieron en gestión Lima

La controversia por los 292 funcionarios cesados en la Intendencia de Salto ha generado una fuerte reacción sindical y discusión jurídica. Pablo Perna, abogado y Secretario General de la Junta Departamental, fue consultado sobre el reclamo de ADEOMS y la validez del convenio colectivo firmado por la Junta Departamental, que según el sindicato debería amparar a los funcionarios afectados.
CAMBIAN SU RELATO
Perna comienza dejando clara su mirada jurídica: “Cuando uno toma una postura jurídica, uno ve toda la película. El sindicato relata la historia que le interesa, hoy defienden fuentes laborales, pero hace diez años, cuando los funcionarios eran cesados por Lima y ADEOMS, el sindicato avalaba los ceses y no los defendía. Cambian el relato según el interés. Eso es objetivo, yo defiendo lo que es objetivo porque hace diez años tuve la defensa de 70 funcionarios cesados y Adeoms no participó, incluso se manifestaron a favor de los ceses. Hoy Adeoms toma una postura jurídica interesada que sirve a sus intereses, no la que mantiene actualmente la Intendencia o la Comisión asesora del intendente”.
USO PARTIDARIO
Sobre la contratación definitiva antes del cambio de gobierno del Frente Amplio, Perna afirma: “Si la contratación de funcionarios era algo tan legal y acertado, ¿por qué no lo hicieron antes? ¿Por qué lo hacen días antes de dejar el gobierno, cuando ya habían perdido la elección? Claramente utilizaban a los funcionarios políticamente. Se iba a hacer una valoración a diciembre y otra después de las elecciones. Hay un juego macabro de utilización de los funcionarios, es una maniobra maquiavélica del gobierno saliente. Lo que hoy defiende Adeoms es una postura jurídica parcial. No consideran la otra óptica, la que fundamente la Comisión Asesora del Intendente”.
SIN JERARQUÍA
Con respecto a la jerarquía normativa, Perna sostiene: “Ningún convenio colectivo puede ir en contra de un decreto, porque sería ilegal. Es la famosa pirámide de Kelsen: en la cúspide está la Constitución, debajo las leyes, luego decretos departamentales. Nada puede ir contra la Constitución ni contra una ley. Los convenios colectivos tienen efectos jurídicos entre las partes, pero no pueden contradecir una ley o la Constitución. Este convenio le saca potestades constitucionales al intendente y pone en situación de estabilidad a funcionarios recién ingresados, cuando la ley y el estatuto sólo la otorgan por concurso, sorteo y 18 meses de antigüedad. No es lo mismo, y lo que no está en la ley no puede dárselo un convenio si contradice la Constitución”.
PLAZOS
Sobre el proceso actual, aclara: “A los funcionarios se les ha dado vista, tienen diez días para defenderse; después el Ejecutivo estudiará caso a caso la continuidad o cese. Como secretario general no puedo tomar postura oficial, mi rol es auxiliar cuestiones administrativas y económicas de la Junta junto al presidente. La postura oficial la toma la Junta si corresponde. Mi punto de vista aquí es jurídico, no institucional”. Finalmente, reflexiona: “Hoy repito lo que viví hace diez años, pero al revés. Entonces, la historia se repite y el relato cambia según el interés político y sindical. Es necesario contar la historia completa y mirar no sólo el interés de quienes hoy protestan, sino también los principios jurídicos que sostienen la pirámide normativa en Uruguay”.