Por Alexander Ruppel
Ante la futura asunción como presidente de MEVIR del actual Intendente de Salto, Andrés Lima, el mismo deberá renunciar antes del 1º de marzo (fecha en la que asume su cargo).
CONSTITUCIÓN
Según establece la Constitución de la República, los intendentes no pueden desempeñar simultáneamente otro empleo público, con excepciones específicas. Además, si desean postularse a la Presidencia o Vicepresidencia de la República, deben renunciar al menos con un año de anticipación a la elección (Artículo 201 de la Constitución). En el caso de asumir la presidencia de un ente autónomo o servicio descentralizado, la renuncia debe ser previa al nuevo nombramiento, ya que la Constitución impide el ejercicio simultáneo de ambos cargos. Si un intendente en Uruguay es designado como presidente de MEVIR (Movimiento de Erradicación de la Vivienda Insalubre Rural), debe renunciar previamente a su cargo de intendente.
SUPLENTES
El Intendente Lima debe recurrir a sus suplentes respectivos en la plancha que lo acompañó a la Intendencia. Su suplente inmediato es el actual Secretario General de la comuna, Gustavo Chiriff, quién no asumirá debido a su candidatura a la Intendencia en mayo de este año. La segunda suplente de Lima es Ingrid Urroz, quién ya asumió la Intendencia en noviembre de 2022 ante un viaje del actual Intendente a Colombia, aunque en este caso, teniendo en cuenta que forma parte de otro espacio político dentro del Frente Amplio, por lo que llegarían a un acuerdo entre las partes, para que no asuma y quién si asumiría como Intendente de Salto es Juan Pablo Cesio, el tercer suplente del Intendente Lima, quién además durante el período actual de gobierno se desempeñó como Coordinador General y es hombre de confianza política de Andrés Lima, lo cierto es que si bien todavía no se comunicó una fecha concreta de la renuncia del actual Intendente, se realizará antes de comience el próximo mes de marzo y Cesio asumiría la Intendencia de Salto.
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