jueves 28 de marzo, 2024
  • 8 am

Leishmaniasis: por orden judicial ya se han realizado 19 allanamientos en domicilios y sacrificado 6 perros

Por Carlos Arredondo.
Atendiendo un pedido de Salud Pública, la Fiscalía de tercer turno de Salto, a cargo de la Dra. Cecilia Gutiérrez, solicitó al Juzgado Penal de 1er turno, a Cargo del Dr. Paulo Aguirre, emita órdenes de allanamiento, a efectos de cumplir con lo establecido en la ley 18.471 – Ley de Tenencia responsable de animales – . Hasta el momento fueron libradas 19 órdenes de allanamientos y se dispuso el sacrificio de 6 perros portadores de la enfermedad. Así lo explicó en la tarde de ayer el propio Juez Penal quien dijo que «esto fue a solicitud de la fiscalía el tercer turno de la doctora Cecilia Gutiérrez, que viene llevando a cabo importantes procedimientos, conjuntamente con Salud Pública, para el combate de la leishmaniasis. En esta oportunidad fiscalía había solicitado – que se libraron incluso la semana pasada – 19 órdenes de allanamiento y también se me ha solicitado el eventual sacrificio de aquellos canes que la autoridad sanitaria dispuso.
INGRESO A FINCAS
“Efectivamente se llevaron a cabo allanamientos en distintos puntos de la ciudad. Se incautaron canes y algunos de ellos fueron sacrificados, por los que se informa, en una cantidad de 6″.
Aguirre recordó que en nuestro país existe desde el año 2009, la ley 18.471 (Ley de tenencia responsable de animales), que impone una cantidad importante de responsabilidades para tenedores y propietarios de diferentes animales, inclusive mascotas; de responsabilidades que deben de tener, entre ellas todo el cuidado y el aspecto sanitario. Las órdenes de allanamiento fueron solicitadas por la Fiscalía «dado que Salud pública considera imprescindible esas órdenes, a los efectos de poder ingresar en la fincas, que se franquée el paso, y también me solicitaron la incautación de aquellos canes infectados» afirmó. y recordó que «es la primera vez que Salud Pública acude al resorte de la vía Penal a través de la fiscalía, para lograr el cometido y la preservación de la salud humana a través del control de la leishmaniasis». El Juez Penal confirmó que este tipo de órdenes y medidas se van a seguir librado «para llevar a cabo el control de la leismaniasis».
SANCIONES PREVISTAS EN LA LEY
El capítulo octavo de la ley 18.471, refiere a las sanciones que a las que deberán someterse aquellas personas que la incumplan, por lo que es válido recordar cuales son:
-Artículo 22.- Las infracciones a las disposiciones de esta ley y a su reglamentación serán sancionadas por la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal según su gravedad con:
A)Apercibimiento.
B)Multa de 1 a 500 UR (una a quinientas unidades reajustables).
C)Confiscación de los animales.
D)Cancelación o suspensión de autorizaciones, permisos o habilitaciones.
E)Prohibición temporal o definitiva de tenencia de animales.
-Artículo 23.- Se considerarán agravantes si los hechos se cometieran:
A)De forma reincidente.
B)Azuzando al animal mediante instrumentos que le provoquen innecesarios castigos.
C)Utilizando un animal para trabajar sin proporcionarle descanso adecuado de acuerdo a su estado físico y condiciones climáticas o cuando su estado sanitario no se lo permita.
D)Suministrando drogas sin fines terapéuticos.
E)Utilizando al animal para el tiro de vehículos o transporte de carga que excedan notoriamente sus fuerzas.
F)Encerrando, amarrando o encadenando al animal, causándole sufrimientos innecesarios.
G)Dando muerte a animales grávidos, salvo cuando se trate de industrias legalmente establecidas, cuyo objeto sea la explotación del nonato, cuando dicha muerte se realice por razones de fuerza mayor, o como consecuencia de un proceso industrial.
H)Mutilando al animal.
I)Con impulso de brutal ferocidad o sevicia.
J)Si las infracciones a esta ley se cometieran contra animales cautivos o expuestos al público en circos, en parques zoológicos o en establecimientos comerciales, incluyendo ferias y puestos instalados en la vía pública o destinados al servicio público.