viernes 29 de marzo, 2024
  • 8 am

MGAP habilitó beneficio fiscal para inversiones en agua para productores que tributan IMEBA

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) busca facilitar la realización de inversiones en agua para los predios ganaderos dónde se tributa por IMEBA, como impuesto definitivo, a través de la Ley Nº 18.747 reglamentada por el Decreto Nº 294/011. En base a este instrumento económico el Estado promueve las inversiones en tajamares, pozos y perforaciones, molinos de viento, tanques australianos, tanques flexibles, motores y bombas para extraer agua, represas con destino a irrigación o abrevadero, instalaciones para la distribución de energía eléctrica para el funcionamiento del sistema de riego o abrevadero, cañerías de distribución de agua y bebederos.
El beneficio fiscal al cual podran acceder los productores será del 10% de la inversión (sin IVA), más el IVA correspondiente (22%).
Para poder tramitar dicho crédito, la inversión total (con IVA incluido) presentada deberá superar las UI 4.000; el productor no podrá poseer deudas con el Fondo Agropecuario de Emergencias, ni con la Dirección General de Desarrollo Rural o la Dirección General de la Granja.
El director de Desarrollo Rural del MGAP, Carlos Rydstrom, informó que el beneficio ya está vigente y que lo que está haciendo el MGAP es informar para que el mismo se conozca: “en el marco de trabajar en la formulación de nuevas políticas públicas para toda la producción y para el desarrollo rural, entendemos fundamental nuestro rol de difusión de las políticas ya existentes y una de ellas es crédito fiscal para inversiones en extracción y distribución de agua en predios agropecuarios. Es una Ley que ya tiene casi una década de promulgada.
De acuerdo a Rydstrom, este es un beneficio de crédito en la DGI para productores que tributen IMEBA, «la intención que tenemos es volver a hacer una campaña de difusión, estamos trabajando en conjunto con el Plan Agropecuario y con demás instituciones, también de la sociedad civil, para que los productores estén al tanto de estos beneficios existentes y sobre todo en momentos en los que se nos viene un verano complicado… Es importante que el productor sepa que puede contar con estas herramientas, que básicamente consisten en un 10% del costo total antes de quitar el IVA y después también la reducción del IVA a estas inversiones”.
Agregó que “una vez que el productor entienda que tiene un proyecto realizado o que está por realizar un proyecto en este sentido que cumpla con las condiciones necesarias, tiene que comunicarse con el Ministerio, llenar un formulario en el cual le pedimos no sólo declarar que es tributante de IMEBA, sino también que comenzó las gestiones con la DINAGUA para el tipo de proyecto que está realizando”.
«De esta manera se constata que se trata de proyecto productivo y a partir de ahí el Ministerio se hace cargo de las gestiones, y el productor, si es posible beneficiario, recibirá el crédito fiscal por parte de la DGI.
El director de Desarrollo Rural explicó además que “no tienen por qué ser inversiones de aquí en más, sí es importante que sean inversiones que ya hayan iniciado los trámites correspondientes con DINAGUA y es importante destacar que no es para productores que hayan sido beneficiarios de otras políticas públicas de apoyo, tanto de la DGDR como de otra política de manejo de agua del Ministerio”.
Los productores deberan comunicarse con los técnicos del Instituto Plan Agropecuario, de la DIGEGRA o del MGAP para informarse del beneficio y los requisitos correspondientes.