domingo 24 de noviembre, 2024
  • 8 am

Últimas respuestas laborales ante el comportamiento del covid

Dr. César Signorelli
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Dr. César Signorelli

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Por el Dr. César Signorelli
Ante el sostenido -y a esta altura podría decirse, exponencial- aumento de casos diarios de COVID-19, el Poder Ejecutivo adoptó nuevas medidas, las que en algún caso son una respuesta al fenómeno, dirigidas a disminuir la circulación del virus, su propagación y, por ende, desacelerar el número de infectados. En definitiva, el esfuerzo dirigido a achatar la curva.
Algunas de estas medidas tienen que ver con el funcionamiento de las empresas y el trabajo de sus dependientes.
Algunas otras guardan relación con los efectos sociales y económicos que la pandemia ha provocado, disminuyendo sensiblemente la actividad de las empresas, lo que casi automáticamente se refleja en el volumen de trabajo requerido.
Muy resumidamente (sin perjuicio de otras que no conozcamos), las mencionamos y desarrollamos.
Se establecieron nuevos incentivos económicos para empresas que reintegren trabajadores. Recordamos que esta medida ya había sido implementada (Decreto Nº 190/020), con vigencia hasta el mes de setiembre de este año y consiste en el pago de $ 5.000 por cada trabajador reincorporado del subsidio por desempleo por su empleador, lo que ahora se extiende por tres meses más. En tanto específicamente para las empresas del sector turístico, entre el 1º de diciembre al 31 de marzo de 2021, en caso de verificarse esos reintegros, el aporte sería de $ 8.000 y se hará efectivo mediante descuento de los aportes patronales mensualmente.
Se implementa en forma obligatoria el teletrabajo en dependencias públicas donde sea posible y en el sector privado, si bien no es una medida concreta, o de ejecución práctica obligatoria, el gobierno exhorta a trabajadores y empresas a teletrabajar, convocándose a título expreso la vigencia del artículo 6 del Decreto Nº 94/020. Y de la mano de esto, como novedad del día de ayer, la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social elaboró una ficha Técnica de Prevención que contempla varias cuestiones que tienen que ver con la seguridad y la salud laboral bajo esta modalidad de trabajo, que está disponible en el sitio oficial de la Cartera.
Se limita el acceso al subsidio por enfermedad para personas que regresen del exterior por motivos turísticos. Mediante Resolución de Directorio del BP Nº 40-6/2020, a partir del 1º de diciembre de 2020 las certificaciones médicas por cumplimiento de cuarentena obligatoria que sean consecuencia de un viaje al exterior por razones de turismo, no darán lugar a cobertura de subsidio por enfermedad. Parece justo, razonable y, sobre todo, de buena administración.
Se anunció una nueva (y última, dado el límite legal) prórroga al seguro de paro parcial, hasta 31 de marzo del 20121 (recordamos al lector que había sido extendido hasta el 31 de diciembre), mientras se encuentra en trámite parlamentario la ley que permitiría al MTSS disponer de prórrogas que superen un año, actualmente limitado a ese plazo por la ley 18.399. Esto implica una extensión de tres meses más que la actual modalidad y aplica para todos tipo de trabajador, cualquiera sea su modalidad de cobro (mensuales, jornaleros y destajistas).
Aprovechamos para mencionar algunas aclaraciones que realizara el MTSS. Quién haya tenido contacto directo con una persona con COVID-19 positivo, deberá realizarse el test correspondiente, abstenerse de asistir a trabajar presencialmente y mantenerse en cuarentena hasta obtener el resultado del test, mientras que los denominados “contactos de contactos” no se encuentran exonerados de su obligación de asistir a trabajar, como así tampoco deben realizar cuarentena, sino únicamente extremar cuidados y reducir al mínimo la interacción social, hasta obtener el resultado del test de la persona con la que tuviera contacto directo.
El propio contenido de las medidas hace pensar que la solución definitiva está lejos y que no es posible prever fechas más o menos exactas.