sábado 3 de mayo, 2025
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Bomberos recuerda extremar cuidados ante manipulación de fuego en lugares de paseo

Avisos judiaciales

Desde el pasado 1º de noviembre entrará en vigencia el Decreto 436/2007 que establece la prohibición de inicio de todo tipo de fuegos, a excepción de casos puntuales y que se extenderá hasta el 30 de abril de 2022. Este año, por motivos de planificación y estrategia a fin de prevenir incendios forestales, se adelantó la entrada en vigencia del Decreto. Este año se modificó la extensión del plazo para prevenir aún más que los incendios forestales se generen en forma anticipada y de esa manera, prever que la ciudadanía realice quemas inadecuadas. En casos de negligencia o de situaciones que estén comprendidas dentro de las prohibiciones, se realizará la denuncia policial y la puesta en conocimiento a la Justicia.
NORMATIVA VIGENTE
La normativa prevé situaciones y precauciones a extremar, por ejemplo durante las fiestas tradicionales en cuanto a fuegos artificiales y el uso de pirotecnia donde la DNB recomienda el uso responsable en sitios alejados a techos y lugares con amplia vegetación donde se puedan producir incendios. El objetivo es prevenir incendios de campo que suelen ser más propensos debido a la sequedad del suelo y la falta de lluvias que ponen en alto riesgo zonas de mucha vegetación.
SANCIONES
Las penas por este tipo de faltas o delitos, si corresponde, van desde una multa y obligaciones a penas que van desde los seis meses a los dos años de prisión (en caso de que se compruebe un incendio intencional o daño). “Al igual que en años anteriores se exceptúa de la medida los fuegos para hacer alimentos en churrasqueras, parrilleros o similares, los que deberán ser utilizados con el correspondiente matachispas y tomando las precauciones en cada lugar donde se realizan”, explicaron las autoridades y agregaron que “para denunciar cualquier tipo de situación se deben comunicar con el Servicio de Emergencias 9-1-1”.