viernes 10 de mayo, 2024
  • 8 am

Menor de edad condenado a medidas socioeducativas tras hurtar en un comercio

A la hora 08:10 del martes, la Policía concurrió a un comercio ubicado en avenida Manuel Patulé a la altura del 1800 por una rapiña.
En el lugar fue entrevistada una mujer mayor de edad la cual expresó que ingresó a su local un menor de edad conocido de la zona y mediante amenazas con un arma blanca le hurtó tres paquetes de yerba mate de un kilo gramo cada una, y se dio a la fuga. Por datos aportados por la usuaria, se realizaron recorridas por la zona y se localizaron a dos hombres de 17 y 27 años de edad ocultos dentro de un pozo. El menor de edad coincidía con las características aportadas por la víctima y al realizarle registro de personas, se le incautó un arma blanca.
Se puso en conocimiento a Fiscalía de Turno y se trasladó al menor de edad a la Unidad de Investigaciones. Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno dispuso: condenar a J.A.V.S., como autor responsable de cinco infracciones graves prevista en la Ley Penal previstas como cinco delitos de hurto en régimen de reiteración real conforme a los Artículos Nos. 54, 60, 340 del Código Penal, a cumplir una medida socio educativa privativa de su libertad, por un plazo de cinco meses en dependencias del INISA, la que vencerá el día 22 de junio del 2024.
Justicia condenó a un hombre por daños en un local comercial
En la madrugada del martes, mediante el servicio de emergencia 911 un funcionario de seguridad del Hospital Regional Salto puso en conocimiento que por calle Varela vio a un hombre que provocaba daños en el vidrio de un comercio mayorista ubicado frente al centro de salud por calle Varela, y se fugó por calle Cervantes al oeste. Inmediatamente personal del PADO realizó extensas recorridas por las inmediaciones, logrando divisar en calle Cervantes y Rincón a un hombre con las mismas características aportadas por el guardia, por lo cual fue identificado y detenido. En el lugar del hecho se hizo presente el responsable del comercio, el cual constató daños en el vidrio a raíz de un impacto de piedra y realizó denuncia al respecto. Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno, se dispuso la formalización sin prisión de G.M.S.F como autor penalmente responsable de un delito de daño en régimen de reiteración real con un delito de receptación agravado en calidad de autor, conforme con lo dispuesto en los Artículos Nos. 54, 60, 350 bis literal c) y el 358 del Código Penal, a la pena de ocho meses de prisión que se cumplirán en régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir el condenado las obligaciones correspondientes.