domingo 5 de mayo, 2024
  • 8 am

Una sentencia lapidaria

Fulvio Gutiérrez
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Fulvio Gutiérrez

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Dr. Fulvio
Gutiérrez
El gobierno uruguayo recibió la notificación de una condena a pagar treinta millones de dólares más intereses, a la empresa panameña Latin American Regional Aviation Holdings (Larah), por el cierre en 2012 de la aerolínea uruguaya Pluna.
La demanda había sido presentada por Larah en el año 2019, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), que es un tribunal de arbitraje del Banco Mundial. Larah, era propietaria de los derechos legales de Leadgate, socio mayoritario de Pluna, en el momento del cierre de la aerolínea durante el gobierno del frenteamplista José Mujica (2010-2015), y basó su demanda en el supuesto incumplimiento del Tratado de Protección de Inversiones entre Uruguay y Panamá, por crear problemas de liquidez innecesarios, así como, rechazar arbitrariamente líneas de crédito adicionales que podrían haber evitado el quiebre de la aerolínea.
Se menciona la violación de normas y convenios internacionales, de subastas mentirosas, (se refiere al “teatro” montado para el remate de los aviones de Pluna), de negligencia y de mala fe. Es decir, este es un problema originado durante el gobierno frentista, y heredado por el actual gobierno de la “coalición.”
Desde el punto de vista político, la noticia cayó como un “mazazo” para el Frente Amplio, único y absoluto responsable del acuerdo realizado, cuyos incumplimientos y violaciones, fueron la razón y fundamento de semejante condena. Lo aceptó públicamente tiempo atrás el propio Mujica, que era el Presidente de la República en aquella época. Ahora también pero tratando de refritar los argumentos.
Para colmo, la noticia llega en muy mal momento, y se metió de lleno en la campaña electoral. Entonces pasó lo que siempre pasa: cuando los dirigentes frentistas tienen que defender algo indefendible como en este caso, buscan algunos argumentos absurdos, y se ponen de acuerdo en repetirlos ante los medios de comunicación que por supuesto, los atosigaron a preguntas.
Las respuestas son variadas, incoherentes, tratando de soslayar el problema principal. Pero, además, tratan de tirar barro para atrás, expresando que los problemas de Pluna, venían de los gobiernos anteriores a los del Frente Amplio. No es así. Eso es una gran mentira. Me recuerda aquella obra de teatro de Juan Carlos Patrón, “Procesado 1040”, cuando el “Zorrito”, delincuente mañoso y habitual, le aconseja a un procesado realmente inocente: “Ud. niegue viejo, siempre niegue”, como si ese argumento fuera suficiente para eximirse de culpa.
Vamos a poner las cosas en su correspondiente lugar, atendiendo a los aspectos jurídicos que los dirigentes no manejan, no les importa o simplemente los desconocen. Primero: La sentencia del CIADI, está basada en un documento claro y concreto que firmó el Cr. Astori cuando era Ministro de Economía del Presidente Mujica, en aquella oportunidad que dijo “cuando las cosas comienzan bien, terminan bien”. Bueno, no empezaron bien y terminaron peor. Ese documento y lo que de él surge, es el objeto del proceso. No interesa la historia anterior de Pluna, porque no forma parte del objeto del proceso. Segundo: El tribunal internacional que emitió la sentencia, es el que se aceptó por el gobierno de la época que actuaría en caso de conflicto. Ahora se dice que es “justicia del norte” pero, cuando se firmó el contrato ya estaba en el norte, no se corrió para allá después.
Si la dirigencia frentista no entiende esos elementales principios jurídicos que lo conoce cualquier estudiante novato de Derecho, entonces no entienden nada. Yo creo que algunos sí lo entienden, y ponen lo político por encima de los jurídico. ¡Lamentable! Lo cierto y verdadero, es que todos los uruguayos tenemos que volver a aportar para pagar otra millonada de dólares, por culpa de los errores del gobierno frentista.