Por Pablo Perna
Sorprendentemente he recibido varias consultas, primordialmente de funcionarios públicos, que obtienen préstamos mediante Cooperativas de Ahorro y Créditos y que se le descuentan de sus recibos de sueldos, jubilaciones y/o pensiones, en varias cuotas. En ocasiones estos descuentos no deberían de realizarse en virtud que los préstamos se encuentran prescriptos, esto significa que el deudor no tiene la obligación de seguir pagándolos.
Un cliente, funcionario de ASSE, desde hacia tiempo se le retenía de su recibo de sueldo una cuota mensual de una Cooperativa de Ahorros y Créditos, por un préstamo que había sacado hacia bastante años, acude a la Cooperativa para que le informen su saldo, lo que de manera prepotente le comunican que para comenzar a hablar por su deuda actualizada a la fecha, debería de pagar un monto estimado a los $ 100.000, caso contrario acudirían a la vía judicial. De esta manera fuimos consultados, por lo que de manera inmediata llamamos a la Cooperativa y le exigimos que nos proporcionaran la copia de la documentación que había firmado mi cliente, la que luego de varios intercambios, a punto de que iniciáramos acciones legales, accedieron a brindarlas.
Los préstanos que realizan las Cooperativas a sus afiliados, y que luego por ley 17.829 y 18.212, les permite descontar directamente de sus recibos, se realizan mediante la firma de títulos valores llamados “vales”; los “vales” conforme al Art. 1019 del Código de Comercio, prescriben a los 4 años desde la fecha de su vencimiento, si es que no se han iniciado diligencias para interrumpir la prescripción, que generalmente las Cooperativas no hacen. Esto significa que transcurridos los 4 años, las Cooperativas no deberían de cobrar los préstamos por imperativo legal, al encontrase prescripto el crédito.
En el caso de mi cliente, la Cooperativa reconoce el cobro indebido, la que podría haber sido denunciada penalmente por apropiación indebida, donde no solamente se le canceló la deuda que figuraba en la base de datos de la financiera, sino que también devuelve de manera voluntaria los dineros que se le habían retenido durante años.
En otro caso, una persona mayor de edad, jubilada, fue a refinanciar su préstamo ante la amenaza que si no pagaba se iban a quedar con su casa. El préstamo se había acreditado mediante la firma de un “vale” que ya se encontraba prescripto, por lo que no estaba obligada a seguir pagando un solo peso. La financiera abusándose del desconocimiento de la jubilada, acepta la refinanciación y le hacen firmar un nuevo vale, ocasionándole que su deuda vuelva a estar vigente.
Estas maniobras las venimos viendo seguido, mayormente con personas vulnerables, que por temor a los costos de una consulta y que los descuentos del préstamo se realizan por goteo, no consultan a profesional de su confianza y siguen siendo engañadas por años. Presumimos que esta maniobra se realiza en todo el Uruguay, generando ingresos millonarios de manera indebida a financieras a costo del desconocimiento.
Recomendación para evitar estos abusos es reclamar a la financiera copia de los documentos que firmaron para obtener el préstamo y acudir al profesional idóneo de confianza, para que lo asesore al respecto. A tener cuidado y a evitar de ser estafados pagando prestamos interminables que ya se encuentran prescriptos.