viernes 26 de julio, 2024
  • 8 am

Quiénes están obligados a presentar declaración jurada de IRPF e IASS

En pocas semanas la Dirección General Impositiva (DGI) efectuará los pagos por devoluciones del Impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF), así como también del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) correspondientes al año pasado.
Esta devolución, que es automática, suele concretarse durante el mes de junio, aunque oficialmente el organismo no ha anunciado la fecha concreta para este 2024.
DECLARACIÓN
La gran mayoría de los contribuyentes no están obligados a presentarla. Incluso, un número importante de personas tendrán saldo disponible a cobrar sin necesidad de realizarla. Sin embargo, hay algunos trabajadores tanto dependientes como independientes que están obligados a hacerlas. Estos son los trabajadores que tienen más de un empleo y que durante todo el 2023 sus ingresos superaron los $881.055 nominales. También la deberán presentar los trabajadores dependientes que no hayan percibido ingresos en el mes de diciembre de 2023. Entre los trabajadores dependientes que no hayan superado los $881.055, solo deberán presentarla quienes hayan tenido ingresos de más de una institución pagadora en forma simultánea, y no hayan presentado el formulario 3100. En el caso de los jubilados, la tendrán que presentar aquellos que percibieron más de una pasividad y cuyo ingreso nominal haya superado también los $881.055.
INDEPENDIENTES
Además, deberán presentarla los trabajadores independientes, tanto profesionales como no profesionales, que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2023 y no hayan tributado IRAE, sin importar el monto que hayan percibido.