miércoles 3 de julio, 2024
  • 8 am

Formalizado con prisión: 14 meses de condena

Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto a los efectos de comunicar que por Sentencia definitiva se dispuso lo que a continuación se transcribe: «admítase la acusación, condenándose a – E.M.T., como autor penalmente responsable de dos delitos de hurto especialmente agravados en concurso en régimen de reiteración real a la pena de 14 meses de prisión, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el Artículo 105, literal e del Código Penal.»
A prisión por violación de domicilio
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto a los efectos de comunicar que por sentencia definitiva en primera instancia, se dispuso lo que a continuación se transcribe: «admítase la acusación, condenándose a: – D.E.F.C, como autor penalmente responsable de un delito de hurto en grado de tentativa y un delito de violación de domicilio en régimen de reiteración real a la pena de cinco meses de prisión, la que vence el 27/11/2024, sin perjuicio de la liquidación definitiva, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el artículo 105, literal e del Código Penal.»
Seis meses de prisión para autor de delito de receptación
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto a los efectos de comunicar que por Sentencia definitiva de primera instancia, se dispuso lo que a continuación se transcribe: «admítase la acusación, condenándose: – J.G.T.L., como autor penalmente responsable de un delito de receptación a la pena de seis meses de prisión, la que vencerá el día de 27/12/2024, sin perjuicio de la liquidación definitiva, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el artículo 105 literal e del código penal».