viernes 29 de noviembre, 2024
  • 8 am

Justicia condenó a funcionario policial: dos años de cárcel por contrabando

De acuerdo a información colectada y analizada por personal de Áreas Investigativas de la Dirección de Investigaciones, surgió que un hombre mayor de edad (funcionario Policial en actividad) estaría ingresando mercadería en infracción aduanera desde Argentina, por lo que se procede a instalar el viernes puestos de vigilancia y se realizó seguimiento de un vehículo color gris con matricula del departamento que había ingresado al país y era conducido por esa persona, hasta una casa de un barrio de la zona este de la ciudad, donde se lo interceptó y se procedió a inspeccionar el vehículo, localizando en el interior suplementos proteicos para deportistas de diferentes tamaños. Se enteró a Fiscal de Turno.
ALLANAMIENTO
Se realizó allanamiento en el domicilio donde fue detenido el funcionario policial y se incautaron más suplementos. La orden de allanamiento fue solicitada por Fiscalía Actuante y Expedida por Jdo. De 4to. Se concurrió a una vivienda de barrio Umpierrez, donde se domiciliaba el detenido localizando en el interior de la finca dinero en efectivo (pesos uruguayos y dólares), suplementos proteicos:
CONDENA
Finalizadas las actuaciones en Sede Judicial en el día de ayer. El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de 4to. Turno de Salto libra oficio a los efectos de comunicar que por sentencia de la fecha se condenó a F.M.R.P. como autor responsable de reiterados delitos de contrabando especialmente agravado a la pena de dos años de penitenciaria efectiva, con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento conforme a lo dispuesto por el Art. 105 lit e) del Código Penal e inhabilitación especial de dos años de acuerdo al Art. 261 in fine del CAROU por tratarse de un funcionario Policial. Se dispone la confiscación de la mercadería incautada, las que quedarán a disposición de la pieza aduanera.