Las Elecciones 2024, se definirán en el próximo balotaje a realizarse el domingo 24 de noviembre y durante la veda electoral, quedarán limitadas algunas acciones y manifestaciones. Según la legislación vigente, hay dos cosas que no estarán permitidas, aunque los límites varían entre una y otra. En esta segunda vuelta la veda comenzará a partir de la hora cero del viernes 22 de noviembre y se extenderá hasta una hora después del cierre de los circuitos electorales el día de las elecciones, previsto para las 19:30.
¿QUÉ SE PROHÍBE?
Con la veda, no se puede llevar adelante ninguna forma de propaganda proselitista, tanto en medios de comunicación como en espacios públicos. Esta veda comienza siempre 48 horas antes de la jornada electoral y en ella los candidatos y partidos políticos no pueden realizar actos, ni tampoco los medios pueden difundir encuestas ni cualquier contenido que busque influir en el electorado.
VENTA DE ALCOHOL
Por otra parte, los comicios siempre aparejan la restricción en la venta de alcohol: según la Ley 7.812, esta restricción comienza 24 horas antes del cierre de los circuitos electorales. Por lo tanto, la venta de alcohol cesará a partir de las 19:30 de mañana sábado 23 de noviembre y se reanudará una vez finalizada la jornada electoral. Aunque esta medida busca asegurar que los votantes puedan ejercer su derecho al voto sin ser influenciados por el consumo de alcohol, esto no prohíbe el consumo privado, siempre que no implique una venta comercial.
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