
El Banco de Previsión Social (BPS) confirmó cuál es el monto a cobrar en este 2025 por parte de los beneficiarios que reciban una ayuda extraordinaria para personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo. Institutos de rehabilitación, escuelas e institutos habilitados por ANEP que realicen integración o instituciones recreativas o deportivas cuyas actividades propendan a la rehabilitación, sin importar si son públicas o privadas.
REQUISITOS
La lista de los institutos habilitados para Montevideo e interior del país se pueden ver a través de este enlace. En tanto, los transportistas habilitados se pueden visualizar en este enlace. Esta ayuda extraordinaria aplica para personas con discapacidad o alteraciones en su desarrollo, previa comprobación por parte del equipo técnico de BPS, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
-Hijos o menores a cargo de trabajadores de la actividad privada, a tributarios del BPS, perciban o no asignación familiar.
-Beneficiarios de pensión por invalidez, pensión para hijos de victimas fallecidas por violencia doméstica y pensión para hijos de víctimas de delitos violentos.
CUÁNTO COBRAN LOS BENEFICIARIOS
-Instituto: $ 8.237,80 (vigente desde enero de 2025) para la cuota mensual de institutos de rehabilitación privados, habilitados por BPS.
-Transporte: $ 4.097,84 (vigente desde julio de 2025) para el traslado del beneficiario efectuado por transportistas autorizados por BPS.
-Boletos: $ 4.097,84 (vigencia 7/2025) para los boletos del acompañante del beneficiario.