domingo 22 de diciembre, 2024
  • 8 am

Fallo judicial avala los reclamos salariales de obreros citrícolas de San Miguel, pero empresa apela decisión

Hernandez

Por Andrés Torterola
Luis Pawelesky, presidente del sindicato SUDORA, se refirió a la situación de los trabajadores citrícolas de la empresa «El Milagro» (San Miguel), quienes recurrieron a la justicia para reclamar salarios adeudados. El año pasado, la empresa San Miguel se retiró de la ciudad de Salto y vendió la Quinta 15, su principal centro de operaciones. Algunos trabajadores, tras 10 o 12 años de servicio, han reclamado el pago de sus despidos, pero la empresa ha rechazado esta solicitud.
LOS HECHOS
En una entrevista con el diario CAMBIO, el sindicalista comentó que el pasado 22 de agosto, la jueza de 5to turno de Salto se pronunció sobre el reclamo salarial presentado por los trabajadores. De dicha resolución, se desprende que el 80% de los demandantes tienen razón en su reclamación, reconociéndose la validez de sus exigencias. Sin embargo, quedaron excluidos de este fallo aquellos trabajadores que, en el análisis de la jueza, no reunían los méritos necesarios para ser considerados dentro de una «situación de hecho». Este criterio, desde una perspectiva jurídica, implicó que no todos los casos presentados pudieran ser encuadrados dentro de las condiciones requeridas para acceder a dicho reconocimiento.
DERECHO A RECLAMAR
El sindicalista explicó que los casos que no fueron contemplados en la resolución judicial corresponden a aquellos trabajadores que se retiraron de la empresa por voluntad propia. En consecuencia, la jueza determinó que no había fundamento para incluirlos en el fallo favorable. Por otro lado, la resolución establece que 38 trabajadores sí tienen razón, al menos en esta primera instancia, respecto a su reclamo. Estos empleados estuvieron vinculados a la empresa durante las distintas zafras sin haber presentado renuncia. Las interrupciones en su labor se debieron exclusivamente a los plazos naturales que se dan entre una zafra y otra, un proceso cíclico que ocurre cada año en este tipo de actividades. Este argumento fue clave para que se reconociera su derecho a reclamar el pago correspondiente, ya que las pausas no implicaron una desvinculación definitiva, sino que formaban parte del calendario laboral habitual.
APELACIÓN
Pawelesky señaló que, en las últimas horas, la empresa presentó una apelación contra la decisión judicial. Sin embargo, el sindicato mantiene una valoración positiva sobre el fallo inicial, destacando la actitud de la jueza de Salto, quien mostró comprensión y sensibilidad al reconocer que los trabajadores tienen razón en sus reclamos, los cuales han sido sostenidos desde hace ya un tiempo considerable. El dirigente sindical subrayó que, si bien el proceso no ha concluido debido a la apelación, este fallo representa un paso importante para los trabajadores, ya que legitima sus demandas y otorga respaldo a sus exigencias salariales. La resolución judicial establece que la demanda fue parcialmente amparada, lo que significa que la jueza consideró válidos varios de los argumentos presentados por los demandantes. En consecuencia, la empresa fue condenada a pagar a los trabajadores.