El pasado viernes se llevó a cabo en la sala de reuniones del Centro Comercial e Industrial de Salto la charla «Ocupaciones de los lugares de trabajo», a cargo del abogado laboralista Dr. César Signorelli.
La misma fue convocada por Jefatura de policía de Salto, y contó con participación de jueces, fiscales, representantes de la Jefatura de policía local, y el Ministerio de Trabajo, que estuvo representado por el Director de Dinacoin (Dirección Nacional de Coordinación en el Interior), Dr. Andrés Prati.
IDEA CENTRAL
El Dr. Cesar Signorelli explicó a CAMBIO que la idea central y el objetivo de la charla fue analizar el decreto que reglamentó el artículo 391 de la Ley de Urgente Consideración (LUC), el que otorga un nuevo marco jurídico a las ocupaciones de los lugares de trabajo. Buscamos «caminar hacia una unificación de criterios y una coordinación de los servicios que intervienen en la aplicación del mismo, que son el Ministerio de Trabajo y el Ministerio del Interior; que todos los operadores que tienen que ver con la aplicación del decreto que reglamenta el tema de las ocupaciones de los lugares de trabajo, tuviéramos una instancia técnica».
El abogado explicó que el decreto reglamenta en general el tema de las ocupaciones y lo que hace básicamente, es seguir los lineamientos contenidos en las observaciones que hiciera la OIT (Organización Internacional del Trabajo) a nuestro país, en materia de reglamentación de las ocupaciones». Par él «se ajusta a lo que dicta la OIT».
GRANDES CAMBIOS
Consultado sobre los grandes cambios que establece el nuevo decreto, explicó que » frente a una ocupación, el empresario puede llamar al Ministerio de Trabajo, el Ministerio intima al desalojo a quienes están ocupando, puede abrir una instancia de negociación – no necesariamente, si no puede ir directamente a intimar a que se proceda al desalojo por parte de los huelguistas que están ocupando – y en caso de que no se cumpla con la intimación que practica el Ministerio de Trabajo, se hace uso de la fuerza pública a través de la policía».
«Lo que hace este decreto es derogar el decreto 165 del 2006, que establecía un procedimiento para desocupación de los lugares de empresas privadas, y el 354 del 2010 que era el que regulaba el tema del desalojo de las oficinas públicas.
Ahora hay un único procedimiento que es el que establece este decreto», puntualizó.
Según Signorelli, la nueva reglamentación » le dispensa el mismo tratamiento, o sea la intimación a desalojar, y en caso de incumplimiento el uso de la fuerza pública, tanto para los trabajadores que pertenecen a la empresa, como para quienes no pertenecen. Del análisis que nosotros efectuamos, se desprende que lo que hace este decreto es ajustar los lineamientos de la OIT, que es; Garantizar el derecho de los huelguistas que ocupan, el de los trabajadores que no adhieren a la medida y quieren trabajar, y el de la dirección de la empresa que quiere continuar con la actividad».
Puntualizó además que el Ministerio de Trabajo, con este decreto, queda en una posición más preponderante, «toma un papel mucho mas protagónico, central, porque resuelve si se desocupa o no».
CONCLUSIONES
Las conclusiones preliminares que se extrajeron de la charla y el intercambio con los presentes fueron, entre otras cosas, que «habría que protocolizar, en acuerdo de los Ministerios, los procedimientos a seguir, más allá que está bastante claro en el decreto», dijo Signorelli.
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