lunes 21 de abril, 2025
  • 8 am

23 personas fueron condenadas por la Justicia tras los 16 allanamientos efectuados en Barrio Patulé

Avisos judiaciales

De acuerdo a información recolectada y clasificada, por las diferentes Unidades Investigativas de la Dirección de Información Táctica (DIT) de Jefatura de Policía de Salto, en conjunto con Fiscalía de Cuarto Turno, se logró establecer que en viviendas ubicadas en cuatro manzanas de la zona Sur de la Ciudad, donde en mayor cantidad se realizaba la comercialización de estupefacientes y de objetos producto de ilícitos. Es así que jueves pasado en horas del mediodía se procedió a realizar 16 allanamientos en forma simultánea, con la participación de más de 230 efectivos policiales locales, contando también con el apoyo de la Dirección Nacional de Guardia Republicana.
45 DETENIDOS E INCAUTACIONES
Se logró la detención de 45 personas y además de la incautación de: una camioneta, tres autos, seis motos, una bicicleta, la suma de $U 157.176, un billete de U$S 100 apócrifo, una pistola de aire comprimido, una pistola calibre 22 mm, dos revólveres calibre 22 y 38 mm, un rifle calibre 22 mm., 63 municiones de diferentes calibres, una vaina calibre 22 mm, dos cuchillos de 30 y 50 cm. de largo, una chaira, 160 envoltorios de nylon, conteniendo en su interior sustancia en polvo compatible con pasta base o cocaína, piedra compatible con pasta base o cocaína, cuatro bolsas de nylon, conteniendo en su interior sustancia vegetal prensada compatible con marihuana, cuatro plantas de marihuana de diferentes tamaños, dos balanzas, dos televisores plasmas, una consola de videojuegos, una tablet, una computadora portátil del Plan Ceibal, trece celulares de diferentes marca y modelos, un reloj pulsera y una moto-sierra. Siendo todo lo antes mencionado documentado por el Departamento de Policía Científica.
DECISIÓN JUDICIAL
En la víspera, una vez finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, dispuso lo que a continuación se detalla:
Con respecto a: M.S.R. y L.M.L. (Negociación de sustancias de estupefacientes prohibidas); J.L.T.F., W.E.T.B.F., C.L.F., C.E.U.T., A.R.R.T., A.G.R.R., L.R.R., C.N.M.R., L.G.L.F., y A.D.T.R. (Un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes prohibidas); A.F.B. (Un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes prohibidas en régimen de reiteración real con un delito de Receptación), se hace lugar a la medida cautelar de prisión preventiva por el plazo de 180 días con cese automático el día 25 de agosto de 2021.
Con relación a: A.F.B. y A.G.R.R., se dispondrá se realice en forma urgente una pericia forense a los efectos de que informe la viabilidad de cumplir la medida cautelar en un Centro de Reclusión.
Por Sentencia definitiva la Justicia condenó: a M.A.Z., como autor responsable de un delito de tráfico interno de municiones a la pena de ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo; a R.S.A., como autor responsable de un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes, a la pena de tres años y dos meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo; a S.A.P.R., como autor responsable de un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes, a la pena de tres años y cuatro meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo; a R.E.C.S., como autor responsable de un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes, a la pena de tres años de penitenciaria de cumplimiento efectivo; a J.L.M.D., como autor responsable de un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes, a la pena de tres años de penitenciaria de cumplimiento efectivo; a C.D.M.D., como autor responsable de un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes, a la pena de tres años y cuatro meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo; a M.A.P.R., como autora responsable de un delito de asistencia a la negociación de sustancia estupefaciente prohibida, a la pena de doce meses de prisión, a cumplirse de la siguiente manera: los seis primeros meses se cumplirán en arresto domiciliario total y los seis meses restantes se sustituyen por libertad a prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: residencia en su domicilio denunciado; sujeción ? la orientación y vigilancia permanentes de la O.S.L.A; presentación en la Seccional Policial de su domicilio una vez por semana sin permanencia; prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. A W.D.G.M., como autor responsable de un delito de receptación a la pena de siete meses de prisión con descuento de la preventiva cumplida, sustituyéndose por Libertad a Prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: residencia en su domicilio denunciado; sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la O.S.L.A; presentación en la seccional policial de su domicilio una vez por semana sin permanencia; prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Las investigaciones continúan y podrían haber más formalizados en los próximos días.