viernes 4 de julio, 2025
  • 8 am

Condenas y formalizaciones

Cerca de la medianoche del lunes, una persona mayor de edad que circulaba por calle Brasil y Lucas Caffre, en barrio La Tablada, detuvo su marcha por pedido de una mujer la cual exhibiendo un arma blanca intentó hurtarle su motocicleta, por fortuna no lo logró. Personal Policial ubicó y detuvo a la mujer mayor de edad. Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Tuno de Salto, se dispuso la condena de la mujer de iniciales C.B.F.A como autora responsable de un delito de violencia privada y dos delitos de hurto en reiteración real a la pena de 7 (siete) meses de prisión efectiva, con descuento de la preventiva sufrida.
Formalizado por intento de hurto en predio de Camino del Éxodo al 2000
En la madrugada del domingo, en Camino del Éxodo a la altura del 2000, personal policial detuvo a un hombre mayor de edad dentro del predio de una casa, constatando que mediante daños en el vidrio de una ventana pretendía hurtar un ventilador y dos sillas. Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Tuno de Salto, se dispuso la formalización de la persona de iniciales S.J.M.M por la comisión de dos delitos de violación de domicilio agravados en concurrencia fuera de la reiteración con dos delitos de hurto, uno de ellos en grado de tentativa y se le impuso la Medida Cautelar curativa provisional de internación en establecimiento de Salud adecuado por el término de tres meses.
Tres meses de prisión por
violación de domicilio
Próximo al medio día del domingo, una persona mayor de edad se presentó en Dependencia Policial realizando denuncia por violación de domicilio, manifestando que dos hombres mayores de edad ingresaron a su cochera en calles 8 de Octubre y Soca, los que fueron detenidos por personal policial.
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Tuno de Sato, se dispuso la condena de la persona de iniciales M.A.R.O como autor responsable de un delito de violación de domicilio a la pena de 3 (tres) meses de prisión efectiva, con descuento de la preventiva sufrida.- Asimismo se hace lugar a las medidas del Art. 222 del N.C.P.P. respecto de la persona de iniciales C.S.P.B. las que consisten en -Obligación de fijar domicilio ante la sede y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al tribunal.
Las mismas serán por el término de tres meses.