viernes 29 de marzo, 2024
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Medidas para el funcionamiento de la Justicia durante la pandemia

Dr. César Signorelli
Por

Dr. César Signorelli

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Por el Dr. César Signorelli
Entre las tantas actividades que se encuentran restringidas se encuentran los Servicios de Justicia, la Justicia.
La Suprema Corte de Justicia dispuso una Feria judicial sanitaria que va desde mediados de la semana previa a la de Turismo y hasta el 30 de abril.
En un Estado de Derecho la justicia constituye una actividad esencial, con lo que el Colegio de abogados del Uruguay elaboró un documento que dirigió a la Suprema Corte de Justicia, en el que sugiere algunas medidas, de forma de preservar el funcionamiento y –paralelamente- la salud de los operadores, ya sea los directos, como el caso de Jueces, funcionarios y abogados, como así también los demás técnicos que en ocasiones participan de los procesos y del propio destinatario del servicio.
Para ello, propone el uso de todos los mecanismos y recursos posibles y disponibles, reiteramos que observando los máximos estándares de prevención de contagios.
Y es así que traza una suerte de experiencia desde el inicio de la pandemia, concluyendo que la Feria debe durar lo mínimo indispensable y no esperar a que esté totalmente controlada la situación, que frente a una apertura total de actividades se debe reorganizar el trabajo de las oficinas en equipos trabajando de forma alternada, generando un mínimo de contactos pero sin que implique el cierre de las oficinas, que se sigan desarrollando de esa forma diferentes actividades internas de modo de evitar la paralización total de los trámites, la aplicación al máximo de las herramientas tecnológicas ya existentes y la implementación de nuevas, lo que demandaría la sanción de una ley que -como recordarán- su texto duerme en el Parlamento.
Para promover el levantamiento de la Feria judicial ya dispuesta y evitar futuras, se propone básicamente el trabajo en equipos aislados o independientes.
Y más concretamente, aún en Feria, se proponen las siguientes medidas:
-El desarrollo de audiencias por video conferencias a través de plataformas tecnológicas, en particular las que no demandan participación de terceros, como por ejemplo testigos.
-Que se instalen mesas centralizadas para recibir escritos, lo que ya está funcionando por disposición de la Corte.
-Que se sigan diligenciando aquellos oficios que se cursan vía electrónica y dejar prontos los que deban diligenciar las partes en soporte papel para cuando se levante la Feria.
-Que no se paralicen los informes de las Oficinas Actuarias y se envíen a los interesados vía electrónica.
-La elaboración de órdenes de pago, certificados y otros documentos, coordinados con los abogados responsables por correo electrónico y fijándose día y hora para su retiro.
– Fijación tentativa de fecha de audiencias suspendidas, de forma de no tener que esperar el levantamiento de la Feria para su coordinación.
– Dictado y notificación de sentencias y resoluciones pendientes.
Los planteos del CAU resultan de toda lógica y sensatez y mitigaría sustancialmente los perjuicios que está causando la paralización total dispuesta.
Como viene de verse, el detenimiento casi absoluto de las actividades no tiene mayor lógica, dado que una innumerable cantidad de actividades judiciales se puede ejecutar sin riesgo ni contacto alguno.