domingo 13 de octubre, 2024
  • 8 am

Dos personas fueron condenadas y otra formalizada por delitos de estafas millonarias

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El pasado 23 de diciembre del año 2022, se tomó conocimiento de una estafa hacia una mujer de 82 años de edad por la suma de 600.000 pesos uruguayos, la víctima informó que el hecho había ocurrida en el mes de octubre del 2022, pero se percató de lo ocurrido cuando la comenzaron a llamar de diferentes entidades bancarias y casas de préstamos. Mediante información colectada y analizada por personal de Dirección de Investigaciones, se pudo determinar que además existirían 13 víctimas más de estafas por las mismas personas. Una mujer de 82 años de edad por la suma de 600.000 pesos uruguayos, una mujer de 52 años de edad por la suma de 50.000 pesos uruguayos, un hombre de 62 años de edad por la suma de 200.000 pesos uruguayos, un hombre de 24 años de edad por la suma de 345.000 pesos uruguayos, una mujer de 24 años de edad por la suma de 80.000 pesos uruguayos, una mujer (fallecida) sin avalúo. Un hombre de 75 años de edad por la suma de 162.000 pesos uruguayos, un hombre de 78 años de edad por la suma de 275.000 pesos uruguayos, un hombre de 75 años de edad por la suma de 722.000 pesos uruguayos, un hombre de 62 años de edad por la suma de 41.000 pesos uruguayos, un hombre de 74 años de edad por la suma de 66.700 pesos uruguayos, un hombre de 75 años de edad por la suma de 74.300 pesos uruguayos, un hombre de 69 años de edad por la suma de 185.000 pesos uruguayos, y un hombre de 79 años de edad por la suma de 18.000 pesos uruguayos.
TRES DETENIDOS
El miércoles de la semana corriente, se procedió a la detención de dos mujeres de 36 y 31 años de edad, además un hombre de 41 años de edad también fue detenido, los cuales no estarían ajenos a los hechos. Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primeria Instancia de Salto de 4to Turno, se condenó a la mujer de iniciales M.E.A.E por la comisión de un delito de asociación para delinquir en concurrencia fuera de la reiteración con diez delitos de estafa y un delito de lavado de activos en régimen de reiteración real, imponiéndose la presión preventiva por 180 días. Al hombre de iniciales A.R.L.M como autor responsable de un delito de asociación para delinquir en concurrencia fuera de la reiteración con siete delitos de estafa y un delito de lavado de activos en régimen de reiteración real, a la pena de 2 años y 4 meses de penitenciaria efectiva. Y a la mujer de iniciales F.P.Q.M como autora responsable de un delito de asociación para delinquir en concurrencia fuera de la reiteración con dos delitos de estafa en régimen de reiteración real a la pena de 12 meses de prisión, que se sustituye por libertad a prueba (ley 19,889) consistiendo sus obligaciones en: a. residencia en su domicilio denunciado. b. sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA. c. presentación en la seccional policial de su domicilio 1 vez por semana sin permanencia. d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.- estas medidas serán de 4 (cuatro) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 10 (diez) meses.- e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.