
Por Andrés Torterola
En una entrevista concedida a CAMBIO, la directora del Departamento Legal de la consultora KPMG, Dra. Giovanna Lorenzi, se refirió a las denuncias por acoso sexual en Uruguay. KPMG es una red global de consultoría presente en más de 140 países, que opera de manera autónoma y ofrece diversos servicios profesionales. Desde hace seis años, cada febrero, la consultora hace uso de la Ley de Acceso a la Información Pública para solicitar datos sobre estas denuncias en Uruguay, esta iniciativa responde al compromiso de KPMG en la lucha contra la inequidad y cualquier tipo de discriminación.
CONCIENCIA
Según Lorenzi, el objetivo es generar conciencia entre sus clientes, principalmente medianas y grandes empresas, sobre la importancia de visibilizar estas problemáticas y cumplir con sus obligaciones en materia de prevención y actuación frente al acoso sexual. De esta manera, se busca contribuir a la reducción e incluso erradicación de este flagelo en el ámbito laboral.
AUMENTO DE DENUNCIAS
En 2024 se registraron 80 denuncias por acoso sexual en el ámbito laboral en Uruguay, cifra que se encuentra en niveles similares a los previos a la pandemia. Según los datos obtenidos por la consultora KPMG a través de un pedido de acceso a la información pública, la cantidad de denuncias ha mostrado un aumento tras la caída registrada durante la pandemia. De acuerdo con la información proporcionada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), en 2022 se reportaron 84 denuncias, mientras que en 2023 el número descendió a 41. Para 2024, el registro de 80 denuncias sugiere una tendencia a la recuperación de los niveles anteriores a la crisis sanitaria.
DENUNCIAS POR ACOSO SEXUAL
Los datos históricos reflejan que en 2019 se registraron 48 denuncias por acoso sexual laboral en Uruguay. Durante la pandemia, la cantidad de casos disminuyó, con 33 denuncias en 2020 y 27 en 2021. En una perspectiva más amplia, en 2013 se reportaron 90 denuncias, mientras que entre 2014 y 2016 el número osciló entre 60 y 70 casos anuales. No se dispone de información correspondiente a los años 2017 y 2018, explicó la directora del Departamento Legal de KPMG, Dra. Giovanna Lorenzi. «Los datos muestran que, tras la caída en las denuncias durante la pandemia, los registros han regresado a niveles similares a los de años anteriores. Esto indica una reactivación en la presentación de casos, los cuales son sometidos a investigación y control por parte de la Inspección General del Trabajo en el marco de sus funciones», señaló Lorenzi. Además, destacó la importancia del acceso a información estadística para comprender la evolución de las denuncias por acoso sexual en el ámbito laboral y evaluar la implementación de normativas de prevención y respuesta en las organizaciones. La información no fue proporcionada por departamento, por el momento no se tienen datos sobre las denuncias de acoso en instituciones de Salto.
¿QUIÉNES SON RESPONSABLES?
El empleador o jerarca que cometa directamente esos actos o que, estando en conocimiento del hecho no tome medidas para corregirlo. Si el acosador fuera un trabajador dependiente, será sancionado de acuerdo con la gravedad del comportamiento pudiendo ser despedido. Si es un funcionario público la conducta será calificada falta grave.
¿QUÉ OBLIGACIONES TIENE EL EMPLEADOR?
-Adoptar medidas de prevención y sanción.
-Proteger la integridad psico-física de la víctima desde el momento de la denuncia.
-Proteger a los denunciantes, víctimas y testigos, mediante la reserva de las actuaciones que se cumplan.