viernes 27 de septiembre, 2024
  • 8 am

Un colombiano fue condenado por delitos de contrabando y estafa a 14 meses de prisión

Se tomó de conocimiento que ciudadanos de nacionalidad extranjera estarían realizando ingreso de mercadería de presunta infracción aduanera desde la ciudad de Bella Unión, aparte de maniobras de estafa, utilizando a ciudadanos uruguayos para poder acceder a préstamos en distintas entidades bancarias del medio.
CONTRABANDO Y ESTAFA
Personal de Área Investigativa de la Dirección de Investigaciones, abocadas al esclarecimiento de hechos ilícitos, luego de la realización de tareas de campo por un tiempo prolongado, de acuerdo a información colectada, el pasado lunes 23 del mes corriente, en horas de la tarde se procedió a la detención en la zona de Arenitas Blancas, de tres hombres de nacionalidad extranjera, un colombiano y dos venezolanos, de 25, 33 y 31 años de edad, los cuales transportaban en un vehículo, mercadería de presunta infracción aduanera.
INCAUTACIONES
La Policía procedió a la incautación de 3 televisores de 32 pulgadas, 3 pares de championes, 1 short, 1 teléfono celular marca Redmi A3, 1 conector USB, 4 mandioca, 1 suplemento vitamínico de 60 capsulas, chocolate 300gr, 4 Perfumes de 250 ml, 6 cremas para cuidado personal de 236 ml, crema para cuidado personal 368 gr, crema para cuidado personal 500ml, papel higiénico por 12 unidades, 2 Shampoo 1lt, 3 baños de crema 473 ml, 2 tequila, 2 crema para cuidado personal 250ml, 1 perfume 100ml, 1 Licor 750ml, 4 cañas (bebida) 800ml, 1 aceite comestible 900ml, 1 rollo papel de cocina.
CONDENAS
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, fue condenado el hombre de 25 años de edad, de nacionalidad colombiana, como autor penalmente responsable de reiterados delitos de contrabando y reiterados delitos de estafa, a la pena de catorce meses de prisión, con descuento del tiempo de detención sufrido; sustituyéndose por un régimen de libertad a prueba (ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: Residencia en su domicilio denunciado. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la O.S.L.A. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia. Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana, 2 (dos) horas diarias, y por el término de 30 (treinta) días; debiendo acreditar la notificación al penado de la coordinación con el organismo donde se comprometa a prestar tareas. Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.
Los otros dos hombres fueron emplazados sin fecha.