viernes 14 de marzo, 2025
  • 8 am

Regularización mediante ordenanza de edificaciones en Costanera Sur impulsada en 1940 por Juan H. Paiva

Sol

Por Cary de los Santos Guibert.
En marzo de 1949 el Intendente Juan H. Paiva, envía a la Junta Departamental un Proyecto de Ordenanza, para la reglamentación y regularización de las construcciones en la zona Sur de la ciudad de Salto, sobre el río Uruguay. Dicho proyecto a grandes rasgos, tenía cuatro partes muy importantes a mencionar: «Áreas no edificables, multas y disposiciones generales, disposición transitoria y disposición particular”.
DETALLES
-En la primera se reglamentaba la ubicación de los edificios estableciendo zonas de retiros frontales y laterales, buscando estética y amplitud e indicando la obligatoriedad de la construcción de veredas en todos los casos.
-En la segunda parte se establecía las penalidades a los propietarios y técnicos autorizados para la firma de planos, que se apartaran de la Ordenanza.
-En la tercera parte, se refería a la disposición transitoria donde se prohibía el levantamiento de viviendas con carácter permanente entre la rambla Costanera y el Río Uruguay, mientras el municipio salteño, realizaba los trámites de expropiación de los predios particulares.
-En la cuarta parte se obligaba a quienes adquirieran los lotes de la futura zona residencial entre los parajes «Los Algarrobos» y «La Conserva» a comprometerse a edificar antes de los cinco años a contar desde el día de la escrituración, con un valor de aforo inmobiliario superior a los diez mil pesos».
ORDENANZA
La Ordenanza había sido confeccionada por la Inspección Técnica Municipal, y con ello, el municipio salteño pretendía embellecer la zona costanera basándose en construcciones modernas y confortables e inclusive promover retiros adecuados para contribuir a la formación de zonas asimétricas, previendo el congestionamiento futuro que traería aparejadas el proceso evolutivo de las poblaciones en su incesante crecimiento.