viernes 26 de abril, 2024
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Diputado Albernaz presentó pedido de informes a CTM pero su acción es totalmente improcedente

Por Julio Aguirrezábal
Mucho se viene hablando si el candidato a la intendencia de Salto por el Partido Nacional, Carlos Albisu, hace campaña o no con el dinero de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande.
El 24 de agosto, en entrevista con CAMBIO, Albisu dijo que las regalías que hace, “es un pedido de la sociedad que quiere empezar a ver Salto Grande actuar. Yo soy salteño, mi compañero de delegación es de Paysandú (Daniel Arcieri), son de las cosas que realmente creemos que hay que estar a la altura de las circunstancias y volcarle a Salto y la región los recursos de una empresa que está acá.” También agregó que, “Todos somos libres de jugar con las herramientas que podamos tener…”. Quizás, este último, no fue un argumento muy feliz por parte de Albisu, porque el fin no justifica los medios.
PEDIDO DE INFORMES
Con fecha 1 de setiembre el diputado por Salto Rodrigo Albernaz presentó a la Cámara de Diputados un pedido de informes a la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Los puntos sobre los que pide información son:
-1) Qué medidas dispuso esa secretaría de Estado, respecto a la austeridad que se viene llevando a cabo con respecto a la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande.
– 2)  Con respecto a las donaciones que está haciendo la Comisión Técnica Mixta, ¿Con cuáles fondos se financian?
-3) Según lo que informa el portal de noticias 10 Minutos (hace referencia al link) ¿Cuáles son las medidas qué está tomando el Ministerio?
-4) ¿Es de conocimiento de esa cartera las constantes donaciones que se han realizado en el período de marzo 2020 a la fecha a distintas organizaciones Sociales la Comisión Técnica Mixta?
-5)  Montos anuales de egresos en concepto de publicidad, promoción y marketing, desde marzo 2020 a la fecha, con indicación del medio utilizado, la duración de las campañas y procedimiento de contratación en cada caso de la Comisión Técnica Mixta de Salto  Grande.
-6)  Procedimientos utilizados para adjudicación de campañas publicitarias, así como los montos y duración de las mismas Comisión Técnica Mixta de Salto  Grande. Detallar los costos de elaboración de las piezas publicitarias asociadas a dichas campañas de la Comisión Técnica Mixta de Salto  Grande.
-7)    Montos anuales de egresos en concepto de donaciones en efectivo realizados desde marzo de 2020 a la fecha, y el destinatario de las mismas de la Comisión Técnica Mixta de Salto  Grande.
-8)  ¿Qué criterios existen para el otorgamiento de las donaciones que realiza la Comisión Técnica Mixta de Salto  Grande?
-9)  ¿Se realizó por parte de la Comisión Técnica Mixta de Salto  Grande algún aporte al fondo Coronavirus?
(Nota de redacción; los ítems fueron transcriptos textualmente del pedido de informe).
IMPROCEDENTE
El pedido de informe realizado por el Diputado Albernaz es totalmente improcedente y está fuera de las previsiones constitucionales establecidas en el art. 118 que cita el propio Diputado. Dicho artículo establece expresamente a quienes se puede dirigir una solicitud de información, y detalla: Ministros de Estado, Suprema Corte de Justicia, Corte Electoral, y Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Tribunal de Cuentas. No obstante ello, los pedidos de informes también se pueden dirigir a otros organismos y órganos del Estado, pero a través de alguno de los Ministerios del Gobierno Central, como surge del Organigrama gubernamental de nuestro país. Pero jamás un pedido de informe se puede dirigir a un Organismo Internacional, porque éstos Organismos no están dentro del Estado Uruguayo, y porque además son personas jurídicas de derecho internacional que tienen una estructura propia y una reglamentación también de Derecho Internacional. La Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, es un Organismo Binacional, pero independiente de cada uno de los países que la crearon, esto es Uruguay y Argentina. Más aún. La CTMSG tiene órganos de gobierno propio, tiene incluso inmunidad de jurisdicción que incluye una organización de Justicia también propia (los Poderes Judiciales de Uruguay y Argentina no tienen competencia con referencia a dicho organismo). El Diputado Albernaz debió saber esto, no se puede entender, por su condición de tal, no tenga conocimiento de la naturaleza jurídica de CTMSG, salvo que solo lo haya movido una intencionalidad política electoral; en ese caso le quita toda seriedad al planteo.
En síntesis: su pedido de informes es improcedente, porque ningún legislador uruguayo tiene competencia para proceder de tal forma, y como consecuencia, el Presidente de la Cámara de Representantes debería rechazarla de plano.