Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto, condeno a R.A.DF.Q como autor responsable de tres delitos de hurtos especialmente agravados y un delito de porte y tenencia de armas de fuego en lugares públicos, todos en concurso en régimen de reiteración real entre sí a la pena de dieciséis meses de prisión efectiva, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el Artículo 105 literal E del Código Penal. Previo al ingreso del penado al INR, deberá ser conducido al Hospital de Salto a los efectos de que se efectúen las curaciones necesarias de las heridas que presenta y que se le indique y proporcione la medicación que requiera.
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