Dr. Pablo D. Vela Gadea
La ley 19.580 más conocida como “ley de género” sigue dando ejemplos, a lo largo y ancho del país, de situaciones de injusticias que dejan como consecuencias muchas de ellas irreparables sobre niños y también padres que ven frustrada su paternidad o su vínculo paternal.
La nula necesidad de probar la denuncia con la que éstos calvarios comienzan han permitido que los operadores jurídicos hayamos podido observar desde su promulgación las más miserables y ocurrentes maniobras dignas de novelas de poca producción: falsa denuncia, sin pruebas, activación de un protocolo que estigmatiza al varón por la sola palabra de la mujer y a rezarle a Dios o en quien se crea porque todo pasa a depender de la denunciante que hace y deshace sobre la justicia: manipula, asiste a las audiencia, no lo hace si así no le place, comienza el trabajo sicológico sobre los menores en contra el padre sin entender que las consecuencias serán nefastas, los tiene de rehén a los efectos de mejorar el “botín” de una mejor pensión alimenticia que a veces no pasa por la voluntad del varón, etc.
Aclaramos en este punto donde las feministas radicales se estarán acordando de nuestros ancestros a viva voz: ¿existe violencia del hombre contra la mujer? sí, ¿se debe generar mecanismos legales para su protección? Sí.
No se niega ni una cosa ni la otra, no se pretende desamparar a quienes sufren violencia del tipo que sea: física, sicológica, económica, etc., pretendemos que la balanza se equilibre y no se deje libre de hacer y deshacer a una de las partes por complacer a colectivos radicales que en busca de réditos vaya a saber de que tipo: políticos, económicos, etc. pretenden instalar que los buenos son solos los de una lado y los malos todos los del otro lado.
Ni una cosa, ni la otra, la sociedad es una sola y dentro de ella convivimos con buenos ejemplos y malos ejemplos. La ley como lo indica nuestra Constitución nos hace a todos iguales ante ella, así como nos genera las mismas oportunidades de defensa, etc.
“José” tiene un régimen de visitas establecido judicialmente pero nunca se cumple y ante cada denuncia de incumplimiento la respuesta recae en que todo comenzó con una denuncia “por violencia de género”, dicha denuncia (falsa) que ya se encuentra archivada hace años pero selló la suerte de un padre que ve como sus hijos en seis meses han tenido 4 domicilios en tres departamentos. ¿Eso es vida para niños menores de 12 años? Es lo que hace la denunciante para que su padre pase una vez 40 días, otra vez 60 días y así sin ver a sus hijos, que deberían concurrir a un centro escolar normalmente y no es así, donde INAU también falla y en vez de poner la lupa en los menores (objetivo y esencia del organismo) se escuda en la denuncia original, la denuncia por violencia de género, esa que nunca se probó.
“Manuel” tiene 19, pareja y una bebé de 4 meses, su hermana de 23 años, consumidora lo denunció sin pruebas, enojada porque “Manuel” le recriminó haberse dormido y olvidarse de su hijo en la escuela. La denunciante intentó agredir a “Manuel” y a su pareja que sostenía al bebé de 4 meses. Resultado: “Manuel”, su pareja y la bebé de 4 meses debieron salir de la casa por orden judicial, ante una denuncia sin pruebas, mientras los dichos de “Manuel” si fueron respaldados por una hermana mayor.
Frutilla de la torta: la denunciante no conforme con eso busca la colocación de “tobillera” solo con la intención de que “Manuel” pierda su trabajo (con el que mantenía la casa, con el que primero la refaccionó), todo por una denuncia sin prueba. La misma denunciante que logró colocarle el dispositivo a su madre, también consumidora y alcohólica pero con la cual se junta sin cumplir con lo dispuesto judicialmente, inutilizando el dispositivo electrónico que tiene un costo público.
Por eso, a la ley 19.580, deróguese, comuníquese y archívese. Legislemos acorde a la realidad que vivimos que en definitiva es a lo que el legislador debe dedicarse, sin presiones de colectivos de ningún tipo.