Un funcionario policial comunica que en momentos que se encontraba efectuando funciones con personal del Cuerpo Inspectivo de la Intendencia de Salto y al estar apostados en un control en calle Brasil y Costanera Norte César Gutiérrez, un birrodado con dos ocupantes intentaron evadir el control y se les cae un arma de fuego tipo Revolver calibre 38. Se logró demorar a los dos hombres de 21 y 18 años de edad, los cuales circulaban en una moto Honda Wave 110, incautándose además sustancia vegetal y arma blanca. Se efectuó consulta con el Fiscal y se realizaron los trámites al respecto.
CONDENA
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto se dispuso: Condena a L.L.L.A como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones en reiteración real con un delito de porte y tenencia de armas de fuego en lugares públicos, a cumplir la pena de Ocho (8) meses de prisión, con descuento del tiempo de detención sufrido y siendo de su cargo las accesorias legales de rigor (Art. 105 Lit.E) del CP). La condena será en régimen de libertad a prueba, debiendo fijar domicilio y no modificarlo previo aviso a la sede, concurrir a la Seccional Policial por él mismo en forma semanal y sin permanencia y prohibición de ausentarse del territorio nacional por el tiempo de cumplimiento de la pena.
MEDIDAS CAUTELARES
En momentos que personal Policial se encontraba realizando recorridas en la zona de Av. Concordia y Av. Manuel Oribe identifica a un hombre de 27 años, el cual llevaba consigo 4 cajas de porcelanato cerradas, manifestando haberlas encontrado en la basura. Se practican averiguaciones en la zona logrando ubicar al propietario de los efectos de 54 años, el cual realiza denuncia por hurto. Se efectuó consulta con el Fiscal y se precedió a la detención del autor.
RESOLUCIÓN
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto se dispuso lo que a continuación se transcribe: Atento a lo manifestado en la presente audiencia y a lo solicitado por la Fiscalía y la no oposición de la Defensa respecto del masculino S.I.G.L y de conformidad con lo previsto por el Artículo 221 del CPP se resuelve: hacer lugar a las medidas cautelares solicitadas durante el término de 90 días.
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