domingo 6 de julio, 2025
  • 8 am

Colonización fuera de la ley

Fulvio Gutiérrez
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Fulvio Gutiérrez

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Avisos judiaciales

Dr. Fulvio Gutiérrez
Cuando el cortejo fúnebre del expresidente José Mujica, pasaba frente a la sede del Movimiento de Participación Popular, al Secretario de la Presidencia Alejandro Sánchez, se le ocurrió hacer una arenga y comunicar que el Instituto Nacional de Colonización había decidido comprar la estancia María Dolores en el departamento de Florida, “en homenaje al viejo”. No imaginó el terrible error que estaba cometiendo. Seguramente quiso impactar en un momento que creyó oportuno, a una masa dolida por la pérdida de su indiscutido conductor. Tremendo error de cálculo.
Tal vez quiso ganar un punto a su favor, en una absurda aspiración de sustituir al líder recién fallecido. Sin embargo, lo que logró fue demostrar que quería ganar la pulseada ante otros eventuales adversarios a su pretensión personalista. Lo que logró fue exteriorizar, en muy mal momento, su acto de demagogia que constituyó una de las más groseras expresiones de estas actitudes de las que se tenga conocimiento.
Pero, además, demostró desconocer todos los detalles de esa pretendida operación de compra de un campo que era de un privado, para ponerlo al servicio de los “trabajadores rurales”, y, sobre todo, no tener el mínimo conocimiento de cómo se estaba desarrollando esa absurda operación inmobiliaria. El acto demagógico puso de manifiesto terribles irregularidades. Surgió así que, quien era en ese momento el presidente del Instituto Nacional de Colonización, Eduardo Rivas, por su condición de colono, estaba especialmente impedido de presidir el organismo.
Tras cartón, surgió el nombre de la Sra. Karina Henderson, que también, y por la misma causa, no podía ser integrante de ese directorio. La situación de esta señora, dicen que se habría solucionado, aunque dudo que eso sea así. Sin perjuicio de que todo esto, gracias a Alejandro Sánchez, se hizo público que todo el negocio, era un conjunto de situaciones dudosas, incompletas e ilegales.
A diario, comenzaron a divulgarse informaciones encontradas, que luego se transformaron en noticias y éstas, a su vez, dieron origen a diversas polémicas. Fue en ese momento que aparece en la escena, el Tribunal de Cuentas de la República que, simplemente cumpliendo su función natural de contralor, hace cuatro observaciones al negocio de compraventa de la estancia María Dolores, que ponen en entredicho la legalidad y transparencia de la operación.
En primer lugar, la adquisición de la referida estancia, se hizo mediante una “compra directa”, y, por lo tanto, de acuerdo al art. 146 literal B) de la Ley No. 11.029, de 12/1/946, para decidir semejante negocio, se requiere la votación de cuatro de los cinco miembros del directorio, y en esta oportunidad habían votado a favor, solo tres de sus integrantes. Esta sola situación de por sí, invalida el negocio, porque la parte compradora, o sea el Instituto Nacional de Colonización, no había expresado su voluntad en la forma exigida por la ley.
En segundo lugar, existe una prenda sobre el sistema de riego de la estancia adquirida, y no está claro si dicha obligación prendaria, está incluida en el precio total de la compraventa, que fue de treinta y dos millones y medio de dólares.
En tercer lugar, el Tribunal de Cuentas estableció que el Instituto Nacional de Colonización, no contaba con la disponibilidad presupuestal para realizar la compra al momento de la operación. Esto ponía en duda la planificación financiera y el manejo de los recursos públicos por parte de la institución.
Y, en cuarto lugar, el Tribunal señaló que el gasto de los treinta y dos millones y medio de dólares, superaba ampliamente los recursos anuales del organismo. Las tres últimas observaciones, demuestran una burda violación al Texto de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), que es la norma que regula las compras que hacen los organismos estatales. Es cierto que, de acuerdo a la previsión constitucional, Colonización puede reiterar el gasto, y de esa forma contar con el dinero necesario para pagar el precio acordado. Pero también es cierto, que la primera observación, no tiene forma de regularizarse, y estoy seguro que cualquiera sea el escribano que intervenga en esa compraventa, advertirá semejante vicio de consentimiento, y no otorgará la correspondiente escritura.
Porque si la otorga, no solo es un vicio de nulidad insanable, sino que, además, el profesional actuante comete una irregularidad mayúscula que puede afectar su habilitación como escribano. No obstante, se ha señalado que el próximo nueve de julio, el nuevo directorio tratará el tema y regularizará la votación de cuatro integrantes como lo exige la ley. Veremos si eso ocurre así.