lunes 6 de mayo, 2024
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“El caso Moreira”

Fulvio Gutiérrez
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Fulvio Gutiérrez

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Dr. Fulvio Gutiérrez
La Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP), fue creada en base a la Convención Interamericana contra la Corrupción, la que a su vez fue ratificada por Uruguay por la Ley No 17.060 de 23/12/98, que -a su vez- fue reglamentada por el Decreto del Poder Ejecutivo No. 30/003 de 23/01/2003.
Cuando el viernes 7 de febrero, la JUTEP comunicó públicamente el fallo sobre la conducta política del Dr. Carlos Moreira como Intendente de Colonia, ya habíamos remitido a la redacción de CAMBIO, la columna que se publicó el pasado domingo 9. Por tanto, no tuvimos presente dicho fallo para complementar las conclusiones de dicha columna.
Hoy sí lo tenemos y en verdad, a nuestro juicio, agrava y mucho la conducta de Moreira, en la medida que pone en evidencia la violación flagrante que tanto el Intendente, como la Edil María José García (también del Partido Nacional), cometieron en el ejercicio de sus respectivos cargos en el Gobierno Departamental de Colonia.
La JUTEP resolvió que la conducta de Moreira y de la Edil García “suponen la violación del principio de interés público (art. 9º del Decreto No. 30/0039”), donde se incluyen “probidad, legalidad e imparcialidad”. El informe señala, además, que ambos jerarcas incumplieron “con la prohibición establecida en el art. 31º de dicho Decreto, que comprende “la solicitud de favores, promesas, u otras ventajas para sí o para terceros, sin que la disposición exija que lo solicitado haya sido efectivamente concedido”.
Por si esto fuera poco, la JUTEP agrega que de la información recabada, se constató “que en lo referente a prórrogas, no se verifica el cumplimiento de las normas y de procedimientos establecidos por la propia Intendencia”, en lo que denominó “Primera Experiencia Laboral”. Este plan -dice el informe- no fue diseñado para sustituir puestos de trabajo de funcionarios de carrera de la administración, por lo que les deberían asignar funciones que no correspondan a los funcionarios que integran los cuadros funcionales». La JUTEP también advierte que en el período de Moreira se concedieron «un total de 788 pasantías» (lo que es un total despropósito); y que de ese total, en 43 casos se concedieron extensiones que se realizaron sin los fundamentos que exige la reglamentación como motivo de la renovación, señalando que en el primer semestre de 2019 se otorgaron prórrogas a 53 pasantes». Y agrega “que la edila solicitó a Moreira la prórroga, por fuera de los mecanismos formalmente establecidos, de ciertas pasantías otorgadas en el marco del programa Primera Experiencia Laboral, y que a su vez el Intendente condicionó la concesión de lo solicitado a conductas personales también ajenas a los mecanismos vigentes».
Y en otro orden agrega: que ambos jerarcas también violaron el art. 31º, que prohíbe recibir regalos y otros beneficios, “dice el informe, a fin de ejecutar, acelerar, retardar u omitir un acto de su empleo o contrario a sus deberes o por un acto ya cumplido».
La JUTEP concluyó que el régimen no es acorde a la normativa nacional, y que en las renovaciones no hay ninguna referencia a la calificación de “excelente” que debía tener el pasante, “ni se menciona que se haya realizado el sorteo ante escribano”, que son los requisitos que exige la reglamentación departamental, sin perjuicio de que se excedió el número de diez jóvenes que pueden beneficiarse de las prórrogas.
Si la situación de Moreira era grave, ahora es gravísima, porque en verdad no actuó dentro de su discrecionalidad, sino que actuó con arbitrariedad. Por tanto ratificamos nuestra opinión en cuanto a que el Directorio del Partido Nacional debe inhabilitar al Dr. Carlos Moreira para comparecer electoralmente bajo el lema Partido Nacional. Si no lo hace, estaría convalidando un accionar ilegal e inmoral, de dos correligionarios que ocuparon altos cargos electivos de un Gobierno Departamental. Y eso sería intolerable bajo todo punto de vista.