jueves 18 de abril, 2024
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Embarcaciones deportivas no podrán navegar y serán pasibles de multas

Desde las 19 horas del lunes quedó prohibida la navegación de embarcaciones deportivas en el río Uruguay y sus cursos, de acuerdo a un decreto firmado por el Prefecto Nacional Naval que se aplica a todo el país y procura poner coto a las salidas recreativas en épocas de cuidados respecto al avance del coronavirus.
El decreto establece que “de acuerdo a la emergencia sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo y en consideración de la norma de los decretos 93/020 y 256/992 no se autorizará el despacho de zarpe de ninguna embarcación deportiva desde cualquiera de los puertos, atracaderos, marines o dársenas en jurisdicción de la Prefectura Nacional Naval”.
CONTROLES
En tal sentido,la Prefectura del Puerto de Salto emitió un comunicado estableciendo que se intensificarán los controles con la patrulla de frontera en que se identificaba a las personas, embarcaciones y demás. El control se regirá mediante el decreto 100 del año 1991 por el cual Prefectura estipula aplicar una multa al no dar trámite o hacer caso omiso a las disposiciones. De acuerdo al artículo 12 de demora en el cumplimiento de una disposición la multa son de 20 Unidades Reajustables, es decir más de 25.000 pesos a la cotización actual, entre otras consideraciones. Por esa razón se advierte a los pescadores que acaten las normativas para evitar sanciones y contribuir con la emergencia sanitaria establecida.Embarcaciones deportivas no podrán
navegar y serán pasibles de multas