Dr. Álvaro Lima
Diputado FA Salto
Por estos días, el Senado viene debatiendo y analizando el extensísimo proyecto elaborado por el gobierno nacional, en forma de proyecto de ley, abarcando todas las áreas del Estado en un mini Código de 500 artículos.
La primera parte refiere a seguridad, modificaciones al Código Penal en lo que refiere a la legítima defensa, del Código del Proceso Penal en su última versión de 2017.
Se altera la ley de procedimiento policial, donde la policía tendría más tiempo a la persona detenida antes de comunicar a la Fiscalía; más potestades para interrogar y hasta valorar la presunta acción delictiva, incidiendo así en el marco del proceso y en la alteración de las garantías individuales o del debido procedimiento.
En la legislación vigente, la policía realiza el interrogatorio previa aviso y autorización de la fiscalía, aspecto que se eliminaría; otorgándole al segmento policial nuevas potestades y ya no de auxilio de la justicia.
En materia de justicia penal de adolescentes, hay una manifiesta intencionalidad de endurecimiento de penas al duplicar la pena máxima de 5 a 10 años, fortalecimiento de la privación de libertad y debilitamiento de las medidas socioeducativas.
Recordemos que la incidencia del delito adolescente en el universo de casos que judicializados en Uruguay es del 4% y que en nuestro país se redujo a la mitad el número de adolescentes privados de libertad; había 1000 en 2014 y 500 al cierre de 2019.
Hay una clara violación a las normas internacionales sobre derechos humanos y de justicia juvenil que Uruguay ha ratificado pasando a constituirse en leyes nacionales.
En materia de defensa nacional este proyecto refiere a la ley de derribo, es decir, la potestad y decisión presidencial de decidir derribar a cualquier aeronave que surque nuestro cielo cuando a juicio del ministro de defensa y del comandante de la fuerza aérea se entienda que se trata de un vuelo irregular que se define de esa forma en un plazo de 5 minutos y al no obtener respuesta.
Otro aspecto que se debate, es el hecho de que la Secretaría de Inteligencia del Estado pasaría a estar en la órbita de Presidencia y no como es actualmente que depende de 4 Ministerios con el de Defensa a la cabeza.
Al no estar comprendido en el cobijo ministerial, la secretaría de inteligencia escaparía al control parlamentario con la modificación que se propone.
En cuanto al proceso penal, la Fiscalía General de Corte y las fiscalías del país, se han manifestado disconformes con la posibilidad de que con este proyecto de declaración de urgencia, el juez o la jueza podrá consultar el legajo o carpeta de investigación que lleva la fiscalía.
Se trata de una profunda modificación al sistema de justicia donde la imparcialidad del magistrado desaparece, se alteran los roles de los actores judiciales con violación de las garantías procesales, de debido proceso, del derecho de la defensa y de las disposiciones nacionales e internacionales de derechos humanos.
Seguiremos analizando este mega proyecto, paradigma de Estado que ha venido a desvirtuar la función legislativa con el acotado plazo para su discusión y valoración.
La Cámara de Senadores tiene prevista la votación del proyecto de declaración de urgencia a partir del día 25 de mayo y culminar en las sesiones plenarias del 3 al 5 de junio para destinarlo luego a la Cámara de Representantes.
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