viernes 19 de abril, 2024
  • 8 am

Tres procesados por contrabando de carne de pollo

Finalmente fueron tres las personas procesadas por el contrabando de carne de pollo encontrado por la policía la madrugada del sábado en una casa del barrio Manuel Oribe de nuestra ciudad. El procedimiento se desarrolló a las 03.15 de la mañana, luego que una camioneta que estaba estacionada en la casa donde se encontró el matute, eludiera un dispositivo de ADUANAS.
Como fue informado, allí fueron encontrados más de 600 kilos de presas de pollo y fueron detenidas dos personas, las que fueron puestas en manos de la justicia. Una horas después, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, dictó resolución respecto de la suerte de estas personas: Para el caso de P.L.F.P., resolvió condenarlo como autor de un delito de contrabando agravado, en reiteración real, con un delito de desacato, a la pena de dos años y dos meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo. M.Y.A.F., fue hallada coautora de un delito de contrabando agravado, por lo que fue condenada a la pena de veinticuatro meses de prisión, la que se cumplirá en régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir con las siguientes condiciones: Residencia en lugar determinado, sujeción a la Oficina de Supervisión de la Libertad Asistida, presentación a la Seccional Policial correspondiente a su domicilio una vez a la semana, sin permanencia y la prestación de servicios comunitarios por el termino de treinta días. Estas medidas no podrán sobrepasar las 2 horas diarias o las 12 semanales; Una tercera persona, de iniciales M.E.M.S., también fue condenada en calidad de autora de un delito de receptación agravado, a la pena de seis meses de prisión la que se cumplirá en régimen de libertad a prueba, debiendo cumplir con las siguientes condiciones: Residencia en lugar determinado, sujeción a la OSLA (Oficina de Supervisión de la Libertad Asistida), presentación a la Seccional Policial correspondiente a su domicilio una vez a la semana sin permanencia y la prestación de servicios comunitarios por el termino de treinta días. Estas medidas no podrán sobrepasar las 2 horas diarias o las 12 semanales.