miércoles 27 de noviembre, 2024
  • 8 am

Una denuncia por filtraciones

Fulvio Gutiérrez
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Fulvio Gutiérrez

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Dr. Fulvio Gutiérrez
Los senadores nacionalistas Graciela Bianchi y Sergio Botana presentaron ante la Fiscalía una denuncia. por la publicación en medios de comunicación de chats suyos, algo que entienden es una violación de correspondencia privada. En la denuncia publicada por Bianchi, se señala como hecho, que “se han difundido en medios de comunicación conversaciones privadas vulnerando derechos humanos básicos, como ser la inviolabilidad de las comunicaciones y la intimidad, pudiéndose configurar diversos delitos”. La denuncia surge por la publicación realizada semanas atrás por el semanario Búsqueda, donde se divulgaron chats entre legisladores nacionalistas acerca del juicio político a la intendenta de Montevideo, Carolina Cosse.
Bianchi entiende que la correspondencia entre particulares es “inviolable” según la Constitución, y que “nunca podrá hacerse su registro, examen o interceptación sino conforme a las leyes que se establecieron por razones de interés general”. Además, remarcan que ellos no son acusados en ninguna indagatoria, como para que se les pueda hacer el registro de sus comunicaciones. Hagamos un análisis de la situación.
Es aceptado en estos tiempos que, por correspondencia, se entienda una comunicación por escrito a distancia, ya sea por vía postal o electrónica. Por eso, la aplicación de WhatsApp, que habilita a enviar mensajes privados, personales entre los usuarios del sistema, queda comprendida dentro de la previsión del artículo 28 de la Constitución, que protege la correspondencia privada. En la denuncia se hace mención particular a la publicación del semanario Búsqueda y a una serie de tuits del periodista Eduardo Preve, que divulgan chats de un grupo de senadores, entre ellos, de los denunciantes. Un típico caso de filtración de información privada.
No hay duda alguna que las “filtraciones” vinculadas a trámites procesales en la Fiscalía se ha transformado en una actitud cotidiana por parte de personas que, con total impunidad e inmoralidad, dicen ser periodistas, y de funcionarios que les proporcionan las noticias que filtran, y que obviamente están vinculados a la Fiscalía. Por eso, entiendo que la denuncia de Bianchi y Botana, puede abrir un camino jurisprudencial, para evitar la divulgación de chats que se envían entre personas por WhatsApp o que están dentro de la esfera privada de quienes así actúan, y que, por lo menos a mi juicio, constituyen un ilícito penal.
El art. 29 complementa lo anterior, declarando la inviolabilidad de los papeles de los particulares, su correspondencia epistolar, telegráfica o de cualquier otra especie, “nunca podrá hacerse su registro examen o interpretación sino conforme a las leyes que se establecieren por razones de interés general.” Está claro que la expresión “de cualquier especie”, hace que sea ilimitado el medio por el cual se cometa la filtración. Por otra parte, y tratándose de derechos fundamentales, la interpretación que se haga de dicha norma, debe basarse en el principio hermenéutico “pro-hómine”, y por lo tanto, se debe optar siempre por la norma que mejor proteja el derecho en cuestión, la que le de mayor alcance o la que le de mayor efectividad. Con ese criterio, el análisis debe complementarse con la previsión del art. 296 del Código Penal que tipifica el delito de “violación de correspondencia escrita”, lo cual lleva entonces, a la intervención de la Justicia Penal, quien deberá expedirse sobre las consecuencias jurídicas del hecho relatado en la denuncia
Será en ese momento, que tendremos una primera sentencia sobre la aplicación de las normas mencionadas, en el ámbito referido en la denuncia. Espero un “pronto despacho”, porque como decía el filósofo, político y pensador griego Séneca, “nada se parece tanto a la injusticia, como la Justicia tardía”.