martes 2 de julio, 2024
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Elecciones internas

Fulvio Gutiérrez
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Fulvio Gutiérrez

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Dr. Fulvio Gutiérrez
Este domingo 30 de junio, no es un domingo cualquiera. Se realizan en nuestro país, las elecciones internas de los partidos políticos, acto cívico trascendente, que constituye el momento en que nuestros ciudadanos tienen la oportunidad de participar en la elección de la persona que se propondrá como candidato único a la Presidencia de la República por cada partido, así como a los integrantes de los Órganos Deliberativos a nivel nacional y departamental. En esta oportunidad, el ciudadano tiene el derecho a votar, pero no tiene la obligación de hacerlo por lo cual, la actitud que decida cada uno, estará en concordancia con su educación y cultura cívica, porque su omisión no le acarreará ninguna sanción.
Las elecciones internas fueron incluidas en la reforma de nuestra Constitución de 1997, como una etapa primaria en todo el proceso electoral de nuestro país, cada cinco años, lo que constituyó una mayor democratización de dicho proceso. Son simultáneas y obligatorias para todos los partidos políticos y, por tanto, el partido político que no participe en elecciones internas, queda inhabilitado para presentarse en las elecciones nacionales de octubre de 2024.
A nivel nacional, y para la Presidencia de la República, hay candidatura única. Será electo como candidato a la presidencia, el precandidato que reúna la mayoría absoluta de los votos válidos de su partido (la mitad más uno). Si ninguno de los precandidatos alcanza esa mayoría absoluta, podrá igualmente ser electo el precandidato que reúna el 40% de los votos, y aventaje al segundo por lo menos por diez puntos porcentuales. Si no se da ninguna de las circunstancias referidas anteriormente, el Órgano Deliberativo Nacional, surgido en esta elección interna, efectuará la nominación del candidato a la presidencia por mayoría absoluta de sus integrantes.
En cuanto al Órgano Deliberativo Departamental electo en esta instancia, será el que elegirá a los candidatos a intendentes de cada partido (en este caso no hay candidatura única), en las elecciones departamentales del 11 mayo de 2025. Será elegido candidato Intendente, quien obtenga la mayor cantidad de votos en el Órgano Deliberativo, aunque también podrá ser candidato a Intendente el que resulte segundo en número de votos, siempre que obtenga más del 30% del total de votos emitidos.
Por tanto, los partidos políticos podrán concurrir con dos candidatos, (difícilmente podría darse la posibilidad de tres candidatos), si ambos superan el 30% de los votos del Órgano Deliberativo, o de lo contrario, con un candidato único en el caso de que el segundo más votado no supere ese 30%. En esta instancia, a nivel departamental y municipal, se elegirán 19 intendentes, 589 ediles, 127 alcaldes y 508 concejales.
Dicho esto, a partir de mañana lunes, los uruguayos tendremos una realidad más certera sobre los candidatos de los distintos partidos políticos, con vistas a las elecciones nacionales del próximo mes de octubre. El primer paso en nuestro sistema electoral, estará cumplido.