martes 30 de abril, 2024
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Reforma en cuanto a préstamos de jugadores

Estudio Signorelli & Altamiranda
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Estudio Signorelli & Altamiranda

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Por el Dr. Agustín VilarPara el Estudio
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Entran a regir en materia de transferencias, las que hasta ahora solo aplicaban a transferencias en préstamos internacionales (entre clubes de distintas asociaciones) con lo que se modificará la dinámica de las transferencias a nivel local.
La reforma a nivel de FIFA entró en vigor el 1º de julio de 2022, por tanto las disposiciones que comentaremos ya se encuentran plenamente aplicables a la fecha, restando únicamente la creación de regímenes propios.
El objetivo es “facilitar el desarrollo de los jóvenes, promover el equilibrio competitivo y evitar la acumulación de jugadores por parte de los clubes”. A grandes rasgos, las principales modificaciones son las siguientes:
• Será necesario firmar un acuerdo que defina todos los términos de los préstamos, haciendo énfasis en especial en el tiempo y las condiciones económicas, con una duración mínima para la cesión, que será el intervalo transcurrido entre dos periodos de inscripción y una máxima de un año.
• Desde el 1º de julio de 2022 al 30 de junio de 2023, un club podrá ceder un máximo de ocho profesionales e incluir ocho profesionales prestados en cualquier momento de una temporada», teniendo en cuenta que máximo tres jugadores podrán ser de un mismo club. Sin embargo, este número se reducirá a siete jugadores para la temporada 2023-24 y seis a partir de la temporada 2024-25.
• También se limita el número de jugadores prestados por temporada entre dos clubes, tanto para recibir como para ceder. No podrán ser más de tres futbolistas por campaña.
Otro punto importante de la reforma refiere al concepto “jugador formado por el club”.
Un “Jugador Formado por un Club” dentro del apartado de definiciones es aquel “[…] que, entre las edades de quince (o el comienzo de la temporada en la que cumple quince años) y 21 años (o el final de la temporada en la que cumple 21 años), e independientemente de su nacionalidad y edad, estuvo inscrito en su club actual durante un período, continuo o no, de tres temporadas completas o de 36 meses”.
Para calificar como “Jugador Formado por un Club” debe estar registrado con el mismo durante un total de 3 temporadas consecutivas o 36 meses alternados entre las edades de 15 y 21 años, permitiendo la propia definición la posibilidad de que un mismo jugador pueda considerarse como “Jugador Formado por un Club” hasta por 2 clubes distintos; por ejemplo, si un jugador hubiese estado inscrito con Salto Uruguay de los 15 a los 18 años y, posteriormente, con Ferrocarril de los 18 a los 21 años, luego entonces, el jugador en cuestión se consideraría un “Jugador Formado por un Club” vis-á-vis en Salto Uruguay y en Ferrocarril.
Para que un jugador sea considerado “Jugador Formado por un Club”, éste no necesariamente debió haber estado inscrito o registrado con el primer equipo del club en cuestión.
No obstante, la verdadera aplicabilidad del nuevo término “Jugador Formado por un Club” la encontramos en los artículos 10.7 y 10.8 del RETJ; que establecen que la transferencia de un “Jugador Formado por un Club”, a partir del 1º de julio de 2024 estará exenta de la restricción que consiste en que un club podrá ceder o recibir en préstamo hasta un máximo de 6 jugadores profesionales en cualquier momento durante cualquier temporada, mientras que el Artículo 10.8 dispone la transferencia de un jugador, aún y cuando se trate de un “Jugador Formado por un Club”, NO estará exenta de la restricción consistente en que un club podrá ceder o recibir en préstamo de un club específico hasta un máximo de 3 jugadores profesionales.
En conclusión, las modificaciones en lo relativo a préstamos de jugadores cambiará la dinámica en cuanto a las transferencias de jugadores a nivel internacional y a nivel nacional en el corto plazo, por tanto resulta provechoso conocer las nuevas reglas de juego y conceptos añadidos (como “jugador formado por un club”).