miércoles 11 de septiembre, 2024
  • 8 am

La embajada de Uruguay en otro país no es territorio nacional, pero tiene inmunidad y protección diplomática

Por Melisa Ferradini.
Hugo Ferreira es Abogado y Docente. Tiene 59 años. Dicta clases en las asignaturas de Derecho Internacional Público y Derecho del Turismo en la Facultad de Derecho, así como también de Legislación Turística en la Licenciatura en Turismo, que se imparte en la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación en el Cenur Litoral Norte Sede Salto de la UDELAR. Ejerce la docencia también en la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Católica del Uruguay Campus Salto, en distintas asignaturas de Derecho. En esta entrevista con CAMBIO, Hugo nos detalla el significado del derecho internacional público y de los derechos y deberes del Estado en situaciones vividas por los ciudadanos en el extranjero.
DERECHO
INTERNACIONAL
Es un conjunto de normas y de principios Jurídicos que regulan las relaciones entre los distintos sujetos del derecho internacional, es decir entre estados, entre estados y organizaciones internacionales y otros sujetos a los cuales se les reconoce esa calidad, relata. No tenemos que reducirlo únicamente a que regula relaciones entre Estados sino que también alcanza a otros. Hay situaciones donde se reconoce cierta personería jurídica internacional, por ejemplo al individuo, a la persona física como titular de derechos y también de obligaciones pero lo que ocurre en el “Derecho Internacional es que en principio el individuo no tiene acceso por sí a tribunales internacionales, sino que el Estado lo tiene que representar”. Pero eso no significa que no tenga derechos y también tiene obligaciones a nivel internacional.
MECANISMOS DE PROTECCIÓN
Siguiendo el relato el entrevistado detalla que existen dos principales tipos de protección a los nacionales en el extranjero: la protección diplomática y la protección consular. “La protección diplomática es un derecho del Estado, que puede decidir ejercerlo en caso de que un nacional agote todos los recursos internos del país donde se encuentra cuando se violan sus derechos fundamentales. En cambio, la protección consular es un derecho del nacional, que se ejerce a través de los consulados y permite brindarle asistencia (económica, jurídica, documentación), sin necesidad de que se hayan agotado los recursos internos”, enfatiza
ROL DE LAS
EMBAJADAS
“La embajada de Uruguay en otro país no es territorio nacional. Lo que sí tiene el local de la embajada es ciertos privilegios. Tiene inmunidad o una inviolabilidad como también la tienen los agentes diplomáticos”, detalla. El agente diplomático tiene ciertas inmunidades, como por ejemplo, como regla no puede ser sometido a la justicia del Estado donde está acreditado, con ciertas excepciones. Puede ser juzgado por su Estado de origen si cometiese algún ilícito. El local de la embajada tiene esa inviolabilidad que también es para la protección. No se puede ingresar al mismo sin previa autorización, resalta.
SITUACIÓN DE
LOS REFUGIADOS
El refugio es para atender la situación de aquellas personas que se ven forzadas a salir del país donde se encuentran, ya sea por las mismas causas que puede originar el asilo, pero también por otras que pueden ser por ejemplo: persecuciones ideológicas en general, por motivos de raza, sexo, por desastres naturales, guerras internas, etc.
Otro punto importante es que los Estados deben respetar y garantizar los derechos de los refugiados, brindándoles documentación personal, ayuda económica, acceso a la educación y la salud, es decir, facilitar su integración en la sociedad.