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Dos mujeres y un hombre imputados por varios delitos de hurtos agravados

Este hecho ocurrió cuando personal policial que realizaba recorridas por Jurisdicción de Seccional Cuarta, calle Albisu entre calles Marcelo Leal y Aparicio Saravia, observaron a dos personas intentando encender un birrodado. Al notar la presencia policial se dan a la fuga del lugar abandonando la moto. En la actuación se logra retener a dos mujeres las cuales estaban esperando en la esquina a pocos metros del lugar, ambas fueron detenidas. Por información recabada se logra ubicar al dueño de la moto marca Vital 110 matrícula se Salto el cual se domicilia en una Cooperativa de Viviendas próximo al lugar, manifestando que se encontraba descansando y había dejado su moto en el frente de su casa con la traba de seguridad de fabrica puesta y el portón del frente de su casa cerrado. Fue puesto el hecho en conocimiento a Fiscalía de Turno. 
RESOLUCIÓN JUDICIAL
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, por Resolución del día de la fecha se dispuso: Hacer lugar a la medida cautelar prevista en el Art. 222 del C.P.P respecto de: L.A.C., consistente en: 
-Fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al Tribunal. Por el término de sesenta días, las que vencen en forma automática el día10/11/2025, salvo disposición en contrario. Se dispone el cese de detención de la adolescente imputada.
CONDENADA POR HURTO
Por otro lado  una patrulla policial que realizaba recorridas en la zona de Avda. Enrique Amorin y calle 10, procedió a identificar a una mujer que verificada en el Sistema de Gestión de Seguridad Pública, figura requerida por Dirección de Investigaciones por hurto, se procedió con los trámites de rigor. Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto, condenó a M.P.M.S., como autora penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado, un delito de violencia privada y un delito de receptación, todo en reiteración real, a la pena de 14 meses de prisión. 
OTRO CONDENADO
Por otro lado el Juzgado hizo lugar a las medidas cautelares previstas en el Art. 222 del C.P.P respecto de C.N.H.P consistentes en: 
-Fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al Tribunal.
-Prohibición salir del país sin autorización Todo por el término de noventa días, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desacato; las que vencen en forma automática el día 10/12/2025 salvo disposición contrario de la sede.